Esta mañana se dio a conocer cuál fue la declaración judicial que dio Hernán Calderón Argandoña, joven imputado por parricidio frustrado y que permanece recluido en el penal Santiago Uno cumpliendo la prisión preventiva.

Las declaraciones oficiales del joven fueron dadas a conocer por el matinal Buenos Días a Todos, y allí se expresa la versión personal del imputado, sobre los hechos ocurridos a medidos de este año.

Respecto al denominado “hecho 1”, presuntamente la primera vez que atacó a su padre, Calderón Jr. sostiene que asiste hasta el departamento ubicado en Las Condes luego de leer supuestos mensajes que el abogado envió a su polola, Rebecca Naranjo.

“Me menciona que mi padre la estaba acosando un tiempo y me muestra unos mensajes, en donde salía una pregunta que mi padre le hacía a ella, preguntando si le excitaba acostarse con alguien menor a ella”, inició.

“Me voy a la habitación de mi padre, a su baño específicamente, le digo que tenemos que hablar. Él estaba en la tina, me dice que después. Yo le digo que es muy importante, le menciono que lo que me dijo Rebeca, le pregunto si era cierto lo de acoso”, añadió.

Tras eso, el estudiante expuso que llamó a Naranjo y puso la conversación en alta voz. Una vez ahí la mujer ratifica los hechos, por lo que la conversación entre ambos cambia de tono.

“Una vez que ella confirma yo corto el teléfono, le lanzo un golpe a mi padre, un golpe con mi mano derecha, un golpe de puño hacia su cabeza”, sostuvo.

“Quiero aclarar que en esta pelea yo insulté a mi papá, le dije que era un conch…, que cómo pudo hacerme esto. Pero jamás lo amenacé de muerte”, agregó.

Tras eso vino lo más grave: “Luego me alejo hasta la entrada del baño, me guardo el celular y con el arma doy un tiro desde el baño hacia el escritorio de la habitación, hacia un lugar específico donde no haya rebote ni daño a terceros”.

Ataque con su cortapluma

En otra parte de la declaración, Nano se refiere a lo ocurrido el 11 de agosto, cuando supuestamente hirió con un arma blanca a su progenitor y huyó del lugar.

En ese instante, narra Calderón Jr., su padre estaba en compañía de su pareja. “Patricia al ver los mensajes tuvo una mini discusión con mi padre, le dice que esto lo veía venir y lo increpa dándole unos golpes como empujones en el pecho”, expuso.

Después, el joven deja entrever que fue el abogado quien inició la pelea en aquel departamento, al cual había asistido nuevamente para pedir explicaciones por supuestos acosos a su novia.

“En un momento mi padre se tambalea detrás y Patricia intenta agarrarlo y caen los dos encima de un velador que había en el living. Después de eso se paran rápidamente y mi padre se abalanza sobre mí y continuamos la pelea a la entrada del departamento”, sostiene.

Luego se produce el presunto ataque de Calderón hacia su padre, hiriéndolo en una de sus manos con una cortapluma. Minutos después se retira y ocurre la bullada escena del ascensor, donde se presume que se tomó una selfie.

“Mientras iba en el ascensor me fijé que tenía sangre en las manos, sin saber si era mía o de mi padre. Abro la cámara del celular y la pongo contra el espejo, apunto hacia mi hombro y tomo la foto para ver si tenía sangre sobre la espalda”, comentó.

Otra parte de la declaración, expuesta por TVN, indica que Nano llamó a su padre estando ya internado en la cárcel. En ese momento, aclara, le pidió disculpas por lo ocurrido.

“Yo no llamé a mi papá, sólo hablé con él estando ya recluido en la cárcel. Ahí lo llamé, desde un celular que me facilitó Gendarmería y le pedí disculpas”, concluye.

Hay que señalar que Calderón Salinas, quien inicialmente se había querellado contra su hijo, cambió su testimonio el pasado 15 de septiembre. En ese entonces, el abogado sostuvo que su hijo no había llegado hasta el lugar para matarlo.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)