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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Desde el 1 de enero de 2026, el Servicio de Impuestos Internos aplicó el aumento en la retención de impuestos para trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios, pasando del 14,5% al 15,25%. Este incremento de 0,75 puntos porcentuales se calcula automáticamente al emitir la boleta a través del sitio web del SII.

Desde el 1 de enero de 2026, comenzó a aplicar una nueva alza gradual de la retención de impuestos para los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios.

Eso último en 2025 era de 14,5% y desde el inicio de este año subió a 15,25%, es decir, un aumento que representa 0,75 puntos porcentuales.

Como siempre, el cálculo se realizará automáticamente cada vez que un contribuyente emita una boleta a honorarios en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII).

Simulador para calcular cuánto se ganará y cuánto se retendrá

El SII puso a disposición el siguiente simulador para calcular los valores de la boleta de honorarios, considerando la retención de 15,25% vigente desde el 1 de enero de 2026.

Se sugiere seleccionar la opción “monto bruto”, o sea, el valor total que el usuario anotará en su boleta, para que así el sistema arroje el “monto líquido” que recibirá directo en su bolsillo o cuenta bancaria.

Ante cualquier eventualidad, el SII dispone de una sección de “Preguntas Frecuentes” y una completa “Guía de Ayuda” para que los contribuyentes puedan conocer todo lo relacionado con la emisión de boletas.

Por ejemplo, con la retención de 15,25% vigente desde el 1 de enero de 2026:

-Contribuyente cobró $100.000.
-Cálculo de retención 15,25%: $15.250 (sobre lo que se cobró).
-Finalmente, el contribuyente recibirá $84.750.

Alza de la retención

En 2019, con la Ley N°21.133 se inició la cotización obligatoria para trabajadores independientes a fin de incorporarlos progresivamente al sistema de protección social, otorgándoles las mismas coberturas que tienen los trabajadores dependientes.

Las coberturas se inician cada año a partir del 1 de julio con una vigencia hasta el 30 de junio del año siguiente.

En el mismo estatuto se estableció el aumento progresivo de la retención a boletas de honorarios hasta 2028, cuando llegue a una retención del 17%.