En esta columna no pretendo discutir sobre el valor patrimonial de Villa San Luis, sino advertir cómo los gobiernos de turno pueden “apropiarse” de ciertas instituciones supuestamente independientes del Estado. Y cómo esta situación puede empeorar al crear una institucionalidad patrimonial (Ley de Patrimonio) que responda a los intereses -de corto plazo- del gobierno del momento, transformándose en un grave peligro para el Patrimonio Cultural del país.

Villa San Luis como ejemplo

Villa San Luis fue declarada Monumento Nacional por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), lo que fue ratificado por dos dictámenes de Tribunales de Justicia.

La inmobiliaria, 48 horas antes y sin permiso de demolición, arremetió contra os dos edificios dejando uno de ellos en muy mal estado y el otro (block 18) con serios daños.

La protección de los dos pequeños blocks de viviendas de lo que fuera un gran conjunto de viviendas de inclusión social movilizó a grandes poderes que mostraron sus molestias, sospechamos que por razones económicas pero también por su carga simbólica.

En esta situación ¿Cómo revertir esa decisión que tanto incomoda a algunos en el actual gobierno? Presentando un “informe técnico” elaborado por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) que anunciaba el “inminente” colapso de la estructura del block 18 (gracias a los daños provocados en forma ilegal por la propia inmobiliaria), e indicando a los Consejeros de CMN que, de caerse y provocar daños materiales o humanos, ellos en términos personales serían los responsables.

Lo “curioso” es que el mismo MOP presentó un completo informe técnico en septiembre de 2018 donde afirmaba que dicha estructura no presentaba peligros de colapso, no obstante lo cual debía ser “estabilizada”. El Subsecretario de Patrimonio, quien recibió dicho informe y preside el CMN, sólo a inicios de 2019 entregó el informe a la inmobiliaria sin exigirle, aparentemente, que cumpliera con él.

En junio, la inmobiliaria entrega un informe elaborada por ella misma al MOP, que en tres días hace un “informe” a partir de ese documento. En él concluye que el colapso es “inminente”.

¿A quién creer? ¿Al MOP del 2018 o al MOP del 2019? (¿Es confiable una institución que puede cambiar en forma tan drástica un diagnóstico técnico? ¿Habrá un sumario interno para aclarar estas contradicciones?). Sin embargo, hay otro informe técnico, elaborado por tres ingenieros después de la desafectación votada por el CMN, que coincide en gran medida con el informe original de MOP.

Vale la pena destacar que, viendo fotos del estado actual del block 18, resulta bastante evidente -al menos para mí como arquitecto- que tiene daños provocados intencionalmente en no más de un 20 o 25 % del total del edificio, por lo que no sería necesario demoler más que eso. Y que si llegara a colapsar -producto de un terremoto-, el edificio no caería en el espacio público, sino dentro del terreno cerrado.

Consejo de Monumentos Nacionales

El CMN tiene consejeros que son funcionarios públicos dependientes de las autoridades de turno (MOP, SERVIU, etc) y otros independientes de éste (Consejo de Defensa del Estado, Universidad de Chile), como representantes de la Sociedad Civil (Colegio de Arquitectos, Sociedad de Escultores de Chile, etc), en un equilibrio que muchas veces ha frenado que intereses ajenos al Patrimonio intervengan en sus decisiones. (Otras veces ha sido el gobierno de turno el que ha impuesto sus intereses).

El tema de Villa San Luis se ha visto afectado por el hecho que, por razones burocráticas, los representantes del Colegio de Arquitectos, la Sociedad de Escultores de Chile y de organizaciones sociales vinculadas al Patrimonio no están habilitados para votar (los dos primeros por cambios en sus representantes, el tercero porque por razones burocráticas se les ha impedido nombrar representante).

Ley de Patrimonio

Si lo expuesto ha pasado con el actual CMN, ¿qué pasará si se implementa el Proyecto de Ley de Patrimonio del Gobierno?

Recordemos que en dicho Proyecto se propone un Consejo Nacional de Patrimonio y Consejos Regionales de Patrimonio -los que serían responsables de las nuevas declaratorias de protección o de la revocación de protecciones- con amplia mayoría de funcionarios públicos(10 a 7 en el primero y 8 a 4 en los segundos).

A lo anterior se suma que el resto de los consejeros serían nombrados por el Presidente de la República (CNP) o por el Delegado Presidencial (CRP) a partir de ternas presentadas por los organismos que serían representados en esas instancias.

(Por ejemplo, ¿Por qué los arquitectos a través del Colegio de Arquitectos no pueden elegir libremente su representante? ¿Qué criterios nuevos puede aportar el Presidente de turno para tener que elegir a partir de una terna?).

Si se aprueba la Ley de Patrimonio no habrá posibilidades de ningún contrapeso a los intereses cortoplacistas de los gobiernos de turno, gobiernos que, la historia reciente nos enseña, responden más a los intereses de grandes corporaciones que al Bien Común, a la Cultura o al Patrimonio Cultural del país.

De aprobarse la Ley de Patrimonio, de seguro, se vienen tiempos oscuros para nuestro Patrimonio, el que durante los últimos 10 o 15 años ha sido defendido en buena medida por las propias comunidades, más que por el Estado.

De concretarse la demolición del block 18 de Villa San Luis se re-victimizará a personas que fueron despojadas de sus viviendas por el sólo hecho de ser pobres viviendo en Las Condes (fue el inicio de la política de segregación social y espacial de la dictadura), al quitarles la posibilidad ya ganada ante el CMN de tener una reparación simbólica a través de este Monumento-Memorial.