La Corte de Apelaciones de Santiago decretó el término de la investigación por la muerte del Presidente Salvador Allende, el 11 de septiembre de 1973 durante el asalto a La Moneda.
La Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó el cierre del sumario decretado en diciembre pasado por el ministro instructor, Mario Carroza, rechazando la petición que hizo el 16 de enero de este año el abogado Roberto Ávila, por el Movimiento Socialistas Allendistas.
La sala presidida por el ministro señor Mauricio Silva Cancino, y conformada por los ministros Manuel Antonio Valderrama Rebolledo y Gloria Solís Romero señalaron brevemente “Se confirma la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil doce, escrita a fojas 2338 y siguiente” dice el fallo.
El 29 de diciembre del año pasado, el ministro en visita Mario Carroza cerró la investigación por la muerte del Presidente Salvador Allende, ocurrida el 11 de septiembre de 1973, confirmando que el ex Mandatario se suicidó en La Moneda.
El 23 de mayo de este año, el juez Carroza encabezó junto al director del Servicio Médico Legal (SML), Patricio Bustos, la exhumación de los restos del ex Mandatario que descansan en el Cementerio General.
Un equipo multidisciplinario de peritos de la entidad legista, apoyado por expertos extranjeros, concluyó tras los análisis “Forma medicolegal de la muerte: suicidio”.
Tal como versa en la historia oficial, los médicos forenses establecieron que las lesiones que presenta el cadáver de Allende son atribuibles a dos proyectiles de fusil: “lesión perforante de la cabeza por proyectil de arma de fuego de alta velocidad, a contacto”.
El perito balístico británico David Pryor detalló que el líder de la Unidad Popular (UP) ese día estando en el palacio de La Moneda – y tras el golpe de Estado- apoyó el fusil AK-47 bajo su mentón y disparó dos balas que tuvieron la misma trayectoria.
En la resolución, el magistrado Carroza sostuvo “que a fin de establecer los hechos de la causa, y motivados por las diversas versiones que sobre este episodio existen, se fijaron líneas de investigación, y se decretaron y realizaron todas y cada una de las diligencias que de esta manera las dieran por satisfechas”.
“Así es como en el desarrollo del sumario se trató la tesis del suicidio del mandatario; aquella que alude a la participación de personal militar en su deceso, y la que menciona la intervención de miembros del Grupo de Amigos del Presidente u otros colaboradores en la asistencia en el momento de su muerte”, agrega el fallo.
Por ello, agregó que “habiéndose cumplido la totalidad de las diligencias decretadas y no apareciendo ni la necesidad ni la pertinencia de decretar otras tendientes a cumplir con este propósito, salvo aquellas que aluden a los hechos acontecidos en el Palacio de la Moneda el día 11 de septiembre de 1973, que tal como se señalará en la resolución precedente se estima necesario que se persigan en la causa respectiva, es que resulta ciertamente cumplida la finalidad planteada, principalmente con la abundante prueba pericial adjunta al proceso y los testimonios de quienes de manera presencial advirtieron ese día el desarrollo de los acontecimientos”.
“Y desde ese punto de vista, este Ministro Instructor está en condiciones de plantear las conclusiones a las que se ha arribado en esta investigación, mediante la dictación de la resolución que en derecho corresponda, sin perjuicio de lo que pueda informar la Contraloría General de la República en su oportunidad”, concluye.
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