Un cabo de Carabineros en servicio fue acusado por apremios ilegitimos en contra de un detenido en Temuco

La acusación fue presentada por la Fiscalía Local tras el cierre de la investigación ante el juez de Garantía de Temuco, Luis Olivares, el pasado uno de julio del año 2015.

En la instancia se acusa al cabo primero de Carabineros, Sergio Orlando Soto Villalobos -junto a otros funcionarios de la Garita Feria Pinto- de maltratar y golpear severamente a Luis Reyes Ruiz tras su detención el 16 de octubre de 2013.

En esta causa se hizo parte el Instituto Nacional de Derechos Humanos, con una querella por torturas y apremios ilegítimos, en la que consta que Reyes Ruiz se encontraba realizando su trabajo en el bandejón central de avenida Balmaceda, frente al Terminal de buses rurales, cuando fue detenido por personal policial.

Según la acusación, tras ser llevado a la garita Feria Pinto, el hombre fue esposado y brutalmente golpeado con el bastón de servicio del carabinero ahora acusado.

La querella agrega que el funcionario policial también le habría rociado alguna clase de químico en la cara, además de torturarlo sicológicamente manipulando un arma de fuego y representándole que podría usarla en su contra y afirmándola contra su cabeza. Esto, sumado a maltratos en los que habría sido apoyado por otros funcionarios policiales.

En la acusación, el Ministerio Público solicita imponer al carabinero acusado una pena privativa de libertad de 3 años de presidio menor en su grado medio.

El Juzgado de Garantía de Temuco fijó para el 28 de junio próximo la realización de la audiencia de preparación del juicio oral en esta causa, en la que además en los próximos días será formalizado un segundo funcionario policial, que actualmente está en retiro.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)