El Servicio Electoral (Servel) publicó este lunes en su sitio web los padrones electorales y las nóminas de inhabilitados para las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales 2017. Estos listados contemplan las sugerencias consignadas en los informes de las auditoras, en los casos que el Servel consideró pertinentes, de acuerdo a la Ley 18.556, sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.

Según los datos actualizados, dichos padrones consideran a 14.308.131 electores en el territorio nacional y a 39.129 en el extranjero. Del mismo modo, las nóminas de inhabilitados las integran 235.414 personas en Chile y 19 fuera del país.

El objetivo de esta publicación, según la citada ley, es que las personas puedan corroborar la información que contienen dichos listados y presentar sus objeciones dentro del plazo que considera la ley para ello, a fin de que el 20 de septiembre próximo se determine el padrón definitivo.

En las situaciones que las personas consideren que injustificadamente fueron omitidas de estos listados, pueden reclamar, por escrito o verbalmente, hasta el 31 de agosto ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de su domicilio electoral.

Asimismo, cualquier persona natural, partido político o candidato independiente podrá presentar reclamaciones respecto de electores infundadamente omitidos del padrón o que aparezcan con datos erróneos, y solicitar la exclusión de quien figure en éste contraviniendo la ley. Este debe presentarse ante el TER que corresponda al domicilio del elector que sobre el que se reclame.

En el caso de las personas que se encuentren en el extranjero, éstas podrán presentar su reclamo a través del sitio web del TER de turno de la Región Metropolitana (Primer TER de turno del 28 al 31 de agosto y Segundo TER del 22 al 27 de agosto en el consulado chileno más cercano, el cual lo ingresará al respectivo sitio web.

Luego de revisar los antecedentes, y en los casos que corresponda el TER ordenará la incorporación, rectificación de los datos o la exclusión de los padrones electorales del reclamante o electores afectados. Estas sentencias serán apelables ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), el cual deberá fallar dentro de un plazo de cinco días.

Finalmente, el tribunal respectivo remitirá al Servicio Electoral copia de la sentencia, la cual se cumplirá sin más trámite, siempre que su fecha de recepción sea a lo menos tres días antes de la publicación del padrón definitivo de las elecciones que tendrán lugar el próximo 19 de noviembre.