La Corte Suprema ratificó una multa aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a empresa por infracciones a la Ley de Valores, en 2005, en la negociación de los denominados “contratos forwards”.

En fallo unánime (en causa rol 8329-2009), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Jorge Medina- ratificaron la multa de 300 UF (unidades de fomento) que le aplicó la SVS a Banchile Corredores de Bolsa.

El fallo acoge el recurso de casación presentado en contra la sentencia de primera instancia, la que había validado un recurso de reclamación y anulado la multa aplicada por la Superintendencia.

“Que es un hecho no controvertido en estos autos que Banchile Corredores de Bolsa S.A. es una entidad sujeta a fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, así como que esta empresa, intermediadora de valores, realizó múltiples operaciones de forward, o contratos de compraventa a futuro de moneda extranjera –dólares- entre los meses de julio de 2003 a enero de 2004, varias de las cuales no se encuentran firmadas por la otra parte contratante”, dice el fallo.

Y agrega: “la escrituración de tales operaciones resulta obligatoria de acuerdo al contexto de la Circular Nº 887, la que luego de definir tales contratos expresamente señala que éstos no podrán cederse, transferirse o endosarse a terceros, salvo acuerdo expreso de las partes”.