Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Ley N°21.334 sobre "Determinación del orden de los apellidos por acuerdo de los padres" entró en vigor el 11 de enero de 2022 en Chile. Esta normativa permite a los padres decidir el orden de los apellidos de su primer hijo o hija, y a los mayores de 18 años solicitar la rectificación de su partida de nacimiento para cambiar dicho orden. El trámite se realiza en las oficinas del Registro Civil, con cita previa en su sitio web. La rectificación es gratuita, pero se deben pagar los costos de renovación de documentos.
El 11 de enero de 2022 entró en vigencia la ley N°21.334 sobre “Determinación del orden de los apellidos por acuerdo de los padres”, normativa que entrega la responsabilidad a los progenitores de establecer el orden de los apellidos de su primogénito o primogénita y también posibilita que las personas mayores de edad (18 años), sean chilenas o extranjeras, requieran la rectificación de su partida de nacimiento con el propósito de cambiar el orden de sus apellidos.
Cambio en el orden de los apellidos ¿Cómo se solicita el trámite?
El día de la cita, la persona debe presentar su cédula de identidad y completar los formularios correspondientes:
• Mayores de edad sin hijos o hijas: formulario de solicitud de rectificación, C7.
• Mayores de edad con hijos o hijas menores de 14 años: formulario C7.
• Mayores de edad con hijos o hijas entre 14 y 18 años: formulario C7 y formulario de consentimiento del hijo mayor de 14 y menor de 18 años, C8.
Luego del trámite, y dentro de un plazo aproximado de 45 días hábiles, se dictará la orden de servicio autorizando o no la rectificación o rectificaciones solicitadas.
Por otro lado, respecto a los costos, la rectificación es gratuita. Sin embargo, la persona debe pagar la solicitud que se realiza por la renovación de los documentos de identificación:
• Cédula de identidad: $3.820.
• Pasaporte: $69.660.
Si es mayor de edad, la persona deberá pagar el costo de la publicación en el Diario Oficial:
• $5.100 por adulto sin hijos.
• $7.600 por adulto con hijos.
Cabe señalar que el derecho para la determinación del orden de los apellidos, sea que se solicite al momento de la inscripción de un recién nacido primogénito o recién nacida primogénita, o de una rectificación de partida de una persona mayor de edad, se podrá hacer solo una vez.
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