El Vigésimoprimer Juzgado Civil de Santiago condenó a neurocirujano a pagar una indemnización de $150 millones a un paciente que sufrió graves secuelas tras una cirugía de columna vertebral.
El juez Marcelo Rojas Sepúlveda determinó que el médico Adrián Zárate Azócar no cumplió con sus obligaciones contractuales y destacó la importancia de la lex artis, un concepto legal que se refiere al conjunto de normas y procedimientos que un profesional médico debe seguir.
El doctor Zárate Azócar actualmente trabaja en la Clínica MEDS como cirujano especializado en columna y anteriormente fue jefe del equipo de neurocirugía en RedSalud Santiago.
Teniendo en cuenta que toda cirugía conlleva riesgos, la defensa del médico no pudo probar que las secuelas del paciente eran un riesgo inherente a la operación y no el resultado de una mala práctica.
Para el tribunal, la defensa no logró “acreditar que han empleado la diligencia debida en sus obligaciones contractuales”. Esta falta de justificación en la prueba pericial fue clave para el resultado del juicio.
El fallo también confirmó que se cumplieron los requisitos para terminar el contrato. El paciente había cumplido su parte de pagar los honorarios por los servicios prestados, por lo que la demanda se presentó de forma correcta.
“Desde luego, lo señalado en forma previa pone de manifiesto que concurren los requisitos de la resolución, a la cual se hará lugar”, agregaron.
Sin embargo, el juez aclaró que, debido a la naturaleza del servicio, la resolución del contrato tiene efectos únicamente para el futuro, sin ser retroactiva. Esto significa que el contrato se da por terminado a partir de la sentencia, pero sin anular las acciones previas:
“SE ACOGE la demanda de resolución de contrato y responsabilidad contractual, únicamente en cuanto se declara resuelto el contrato de prestación de servicios médicos, y se condena al demandado Adrián Zárate Azócar al pago de una indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual por un monto de $150.000.000, rechazándose en lo demás”.