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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Seremi de Salud Metropolitana prohibió permanentemente el funcionamiento del Vertedero Controlado Popeta en Melipilla por incumplimientos reiterados de normativas sanitarias y riesgos para trabajadores y el medioambiente. Actas de fiscalización revelaron problemas como exceso de residuos, presencia de vectores sanitarios, camiones con fallas, y falta de autorización. Un informe técnico de junio de 2025 advirtió sobre la falta de estabilidad, riesgo de deslizamiento, y incumplimiento de normativas. El municipio recibió multa, orden de redirigir residuos y tiene cinco días para apelar.

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana prohibió de forma permanente la operación del “Vertedero Controlado Popeta” en Melipilla. La medida responde a incumplimientos reiterados de normativas sanitarias y riesgos inminentes para trabajadores y el medioambiente.

Dos actas de fiscalización evidenciaron la superación de la cota máxima autorizada de residuos; presencia masiva de vectores sanitarios como moscas y aves; operación de camiones con fallas graves en frenos; y disposición de residuos sin autorización vigente. Además, las obras del nuevo relleno sanitario presentaban “muy poco avance”.

Un informe técnico clave del 10 de junio de 2025 concluyó que el vertedero carece de estabilidad. “Existe riesgo de deslizamiento de la masa de residuos para la condición sísmica (…) no es posible autorizar la disposición de residuos en ninguno de los sectores propuestos”. El estudio confirmó que la estructura no cumple un decreto del Minsal.

Municipio multado y obligado a redirigir residuos

En la misma Resolución de la Seremi de Salud, se especifica que la Ilustre Municipalidad de Melipilla, propietaria del vertedero, recibió una multa de 20 UTM (poco menos de 1,5 millones de pesos) y la orden de enviar residuos sólidos domiciliarios de Alhué, San Pedro y Melipilla a un sitio autorizado. La resolución advierte “bajo apercibimiento legal en caso de incumplimiento”.

Aunque el municipio presentó planes de contingencia y comprometió reubicar operaciones al talud oriente, la Seremi determinó que no refutaron las infracciones. En sus descargos del 23 de abril de 2025, admitieron que la recuperación de la cota segura demoraría seis meses, pero la autoridad destacó que “la sumariada no dio cumplimiento irrestricto a las instrucciones específicas“.

La medida sanitaria ratifica la prohibición in situ de abril de 2025 sobre la disposición de residuos en la plataforma superior. Además, exige subsanar todas las deficiencias detectadas, mientras funcionarios fiscalizarán el cumplimiento. El oficio advierte sanciones por reincidencia.

Municipio tiene cinco días para apelar

La resolución fusionó los expedientes EXP24131014 (2024) y EXP25131288 (2025), donde se verificó que el vertedero operaba sin autorización tras el vencimiento de la Resolución N°868 (15 de abril de 2025). El Municipio había solicitado una prórroga, pero el informe técnico la invalidó por riesgos.

La sentencia notificada a la alcaldesa Paula Andrea Garate otorga un plazo de cinco días hábiles para apelar a la multa ante la Seremi de Salud o judicial ante tribunales ordinarios.

Inspecciones revelaron negligencia continua

En 2024, ya se había multado a la empresa DEMARCO S.A. (dueña del camión HVPD30) con 5 UTM por operar con revisión técnica rechazada.

Pese a compromisos de tapado de residuos y monitoreo topográfico, en 2025 persistían bolsas plásticas dispersas en el perímetro y taludes inestables con pendientes, violando lo decretado por la autoridad sanitaria.