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Hoy se llevará a cabo una nueva audiencia en el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago para revisar las medidas cautelares de la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, actualmente en su tercer periodo de prisión preventiva. Su abogado, Cristóbal Bonacic, insiste en que debería estar en arresto domiciliario total, medida que ya cumplió previamente.
Una nueva audiencia sobre la situación de la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, se realizará hoy en el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago. El tribunal revisará sus medidas cautelares.
Actualmente, Barriga se encuentra cumpliendo su tercer periodo en prisión preventiva en medio de la investigación en su contra por corrupción, luego que la Corte de Apelaciones revocara dicha medida en dos oportunidades.
Cristóbal Bonacic, abogado de Barriga, insistió en el punto de que no se justifica que su defendida esté tras las rejas, sino un arresto domiciliario total, lo que cumplió desde enero hasta noviembre del año pasado.
“No hay que confundir. Esto no tiene por objeto decir si doña Cathy Barriga es culpable o no. Simplemente, si se justifica una medida cautelar en extremo, como la prisión preventiva, que consiste en el cumplimiento efectivo anticipado de una pena privativa de libertad”, agregó.
Ayer, en tanto, la exjefa comunal ligada a Chile Vamos fue reformalizada en la causa, donde se le investiga por fraude al fisco y falsificación de instrumento público.
Además, se sometió a juicio abreviado a dos de sus exfuncionarios, Luis Japaz y María Isabel Palma, quienes cumplirán sus penas en libertad.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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