La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Hospital San José a pagar una indemnización total de $120 millones por la mala y tardía atención de parto, que causó la muerte de una niña por sufrimiento fetal.

En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, que condenó al hospital público a indemnizar a los padres de la menor fallecida.

Según la demanda, la mujer embarazada concurrió los días 3, 10, 15, 25, 26 y 27 de julio de 2011 al recinto tras presentar diversos síntomas de parto, entre ellos, contracciones y rompimiento de membranas con abundante flujo sanguinolento; siendo todas las veces derivada de vuelta a su hogar pese a haber tenido como fecha estimada para dar a luz, de acuerdo a la primera ecotomografía, el 19 de julio.

Todo esto ocurrió pese a que en su historia clínica, tal como rezaba el texto, contaba con dos partos previos que fueron inducidos y con forcep, y que también presentaban rotura prematura de membranas.

Finalmente, en la madrugada del 27 de julio se le realizó una cesárea dando luz a una guagua con sufrimiento fetal agudo y grave daño cerebral por asfixia ante la demora de inducir el parto. La demanda consignó que, por esto, la niña resultó con un 70% de daño neurológico y de discapacidad física y mental, con imposibilidad de comer, comunicarse, caminar, oír, tomar objetos y controlar sus necesidades de forma autónoma, problemas que finalmente la llevaron a la muerte.

Según profesionales que la atendieron, si hubiese nacido oportunamente sería una persona normal.

La decisión judicial estableció que “se trata, sin duda, que la atención descuidada de la paciente configura una falta de servicio, pues la debida diligencia con que debió actuarse ante los múltiples requerimientos que ella hizo habría evitado el daño, lo que muy tardíamente se pretendió hacer, todo lo cual conduce a confirmar lo resuelto por la juez a quo”.