La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda presentada en contra de la Lotería de Concepción por supuesto ganador de millonario premio.

Se trataría del premio del juego Súper Imán, correspondiente al sorteo N°2635 de 23 de agosto de 2015, en el que el demandante sostiene haber sido el ganador al acertar seis números más el súper número 07, pero no a los 7 aciertos que se exigen para obtener el premio mayor, conforme al capítulo de las categorías de premiación.

Según las reglas de la Lotería de Concepción, los súper números solo tienen vigencia en las categorías de 7 aciertos más súper número 1, o más bien 7 aciertos más súper número 2.

“Se puede constatar que el juego Súper Imán contiene en forma detallada la forma de proceder al juego, cómo se gana, alternativas del juego y finalmente cómo cobrar el premio. Así las cosas, este solo documento permite acreditar que Lotería de Concepción ha informado al consumidor a cabalidad todo aquello relativo al juego Súper Imán”, sostiene el fallo confirmado.

De esta manera, en un fallo unánime, teniendo presente lo consignado en los fundamentos del fallo reproducido y no estando acreditada la infracción denunciada, tanto la querella infraccional como la demanda civil deducida, no pueden prosperar.