El Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió una demanda de tutela de derechos fundamentales, interpuesta en contra de la Dirección de Vialidad de la Seremi de Obras Públicas de Tarapacá, por una funcionaria que fue víctima de hostigamientos, ordenando el cese inmediato de dichas conductas vulneratorias.

En el fallo, la magistrada Marcela Díaz Méndez dio lugar a la acción judicial, tras establecer la ocurrencia de los actos y tratos atentatorios a la integridad física y síquica de la demandante; por lo que ordenó a la repartición pública pagar una indemnización de $32.181.864 por concepto de daño moral a la funcionaria.

“Atendida la naturaleza de los hechos descritos en la demanda, se sigue que las pruebas incorporadas por la actora, (documental y testimonial, especialmente), dan cuenta del hostigamiento, en su contra, (…) hechos probados, que se traducen en un trato abiertamente atentatorio a la integridad psíquica y física de la funcionaria denunciante”, establece el fallo.

La resolución agrega que la Dirección de Vialidad de Tarapacá no garantizó el bien jurídico lesionado, por lo que corresponde dar lugar a la demanda en cuanto a la indemnización solicitada.

Charlas y disculpas

El fallo ordenó además “implementar dos charlas de capacitación sobre derechos fundamentales, las que deberán extenderse, por un total de 2 horas cada una, a la que deberán asistir todos los trabajadores del MOP de la Región de Tarapacá y que deberá ser impartida por la Unidad de Derechos Fundamentales de la Inspección del Trabajo de Iquique, dentro de los dos meses siguientes a la ejecutoria del presente fallo. La asistencia a dichas charlas será considerada como horas laboradas”.

Además, la directora regional de Vialidad de Tarapacá deberá dar disculpas públicas, las que “deberán efectuarse en forma verbal, con la asistencia de todos los trabajadores del MOP de Tarapacá. Asimismo, deberá ponerse por escrito las referidas disculpas públicas, mediante carta que deberá fijarse en lugares visibles, debiendo mantenerse, por el lapso de dos meses a lo menos”.