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La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó un fallo que ordena al Fisco a indemnizar y ofrecer disculpas públicas a una funcionaria de Gendarmería a quien se le cursaron 9 sumarios y fue removida de su cargo tras volver de su posnatal. El tribunal de alzada rechazó un recurso de nulidad del Consejo de Defensa del Estado, confirmando que Gendarmería vulneró garantías constitucionales de no discriminación y derecho a la integridad física y síquica. La sentencia ordenó pagar 6 millones de pesos por daño moral y disculpas públicas. A pesar de que la funcionaria fue absuelta en sumarios, se consideró que la investigación generó una carga. La Corte también rechazó que privar a la funcionaria de oficina constituyera discriminación. Gendarmería deberá asumir las costas del juicio.

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó un fallo que ordena al Fisco a indemnizar y ofrecer disculpas públicas a una funcionaria de Gendarmería, a quien en un período de tres años se le cursó 9 sumarios y se le removió de su cargo tras volver de su posnatal.

En ese contexto, unánime fue el fallo del tribunal de alzada que rechazó un recurso de nulidad interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado.

Esto último, en contra de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo Valdivia que estableció que el ente penitenciario incurrió en actos vulneratorios de las garantías constitucionales a la no discriminación y derecho a la integridad física y síquica de la demandante, desde el año 2019, informó el Poder Judicial.

Según señaló el organismo, la sentencia de primera instancia ordenó a Gendarmería pagar una indemnización de 6 millones de pesos por concepto de daño moral y ofrecer disculpas públicas a la funcionaria demandante.

Lo anterior, ya que por un periodo de tres años, la Dirección Regional del servicio, ordenó nueve sumarios en su contra y que, tras volver de postnatal, la removió del cargo de jefatura que ejercía, sin expresión de causa.

Ante ello, la ministra Marcela Araya afirmó que la Corte desechó la argumentación del Fisco que, según el fallo, refería a una disconformidad con la valoración que hizo la jueza del Tribunal Laboral para arribar a la sentencia, que consideró que si bien, en los sumarios la funcionaria en cuestión fue absuelta o sobreseída, igualmente estuvo sometida a una carga producto de ser investigada.

Además, según la resolución de la Corte, para el Consejo de Defensa del Estado, el hecho de privar a la funcionaria de oficina, computador y escritorio, tras su retorno al trabajo, no constituye un acto de discriminación ni acoso.

Lo anterior, ya que el hecho fue subsanado por el director regional de Gendarmería, por lo que para el Tribunal de Alzada ello no desvirtúa las conclusiones a que arribó la sentenciadora, pues se trató de un indicio más que sumado a los acreditados y consignados en la sentencia.

Con ello, además de confirmada la orden de indemnizar económicamente a la funcionaria y expresarle como acción reparatoria disculpas públicas, Gendarmería también fue condenada a pagar las costas del juicio, informó el Poder Judicial.