El presidente del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, ministro Iván Hunter, explicó que la decisión de levantar la suspensión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto de tronaduras en la Mina Invierno, estuvo fundada en dar verosimilitud a informes sectoriales y técnicos.

El tribunal ambiental fundó su decisión unánime de modificar la medida cautelar de suspensión de la RCA y autorizar a la Mina Invierno en Isla Riesco, en otorgar verosimilitud a los informes sectoriales que fueron analizados y ponderados en la evaluación ambiental de los impactos ambientales.

El presidente del Tribunal, ministro Iván Hunter, manifestó que dentro de estos estuvo el del Consejo de Monumentos Nacionales, órgano técnico que había dado su conformidad al proyecto y que está encargado de las piezas de carácter paleontológico.

El ministro Hunter manifestó que se dispuso la ejecución de las tronaduras, debiendo existir un informe previo de diseño de la primera de ellas, verificado en terreno por el Sernageomin y la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, la empresa debe informar con 10 días de anticipación a ambos organismos el día y hora de la primera tronadura.

Luego la Superintendencia deberá remitir en un plazo de 10 días un informe al tribunal, y así esta última instancia evaluar modificar la medida o dictar otras.

Además, la Minera Invierno deberá informar al tribunal un informe de caracterización de los fragmentos resultantes de las demás tronaduras, nivel de afectación del sustrato en los puntos de detonación, confeccionado por un profesional, indicando si se han encontrado hallazgos paleontológicos.