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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Suboficial del CDP de Castro, Región de Los Lagos, fue detenido por PDI tras denuncia de abuso sexual de funcionaria penitenciaria. Fiscalía ordenó investigación de Brisexme de Ancud. Imputado en libertad a la espera de avance penal. Gendarmería realiza sumario y colabora con Fiscalía. Asistencia psicosocial a denunciante.

Un suboficial que cumplía funciones como jefe (s) del Centro de Detención Preventiva (CDP) de Castro, Región de Los Lagos, fue detenido por la PDI tras una denuncia por abuso sexual presentada por una funcionaria penitenciaria.

La víctima, que se desempeñaba en labores técnico-sanitarias dentro del recinto penitenciario, acusó haber sido agredida por el gendarme.

Tras recibir los antecedentes, la Fiscalía instruyó a la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisexme) de Ancud indagar el hecho y realizar las primeras diligencias. Posteriormente, el imputado quedó en libertad y apercibido en espera del avance de la causa penal.

Respecto a la situación, desde Gendarmería informaron que existe una investigación por parte del Ministerio Público y, al mismo tiempo, la institución instruyó la apertura de un sumario administrativo para esclarecer los hechos denunciados, enfatizando que se está colaborando con el proceso investigativo y que se activaron los protocolos correspondientes.

Asimismo, la Dirección Regional de Gendarmería de Los Lagos señaló que se estableció la concurrencia de una dupla psicosocial para prestar la asistencia necesaria a la denunciante, de acuerdo a los protocolos institucionales establecidos.

Las diligencias continúan en curso mientras la Fiscalía y la institución penitenciaria desarrollan las acciones destinadas a aclarar los hechos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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