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La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo a favor del presidente de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, dejando sin efecto una resolución que declaró admisible una querella en su contra por cuasidelito de prevaricación.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo presentado a favor del presidente de la Corte de Apelaciones de Temuco, ministro Álvaro Mesa Latorre, y dejó sin efecto la resolución que declaró admisible una querella en su contra.

En específico, la resolución fue adoptada por la Primera Sala de la Corte ubicada en la capital regional del Bío Bío, donde fue acogida la acción legal presentada por los defensores penales públicos de Mesa Latorre, quien indaga causas de violaciones a los derechos humanos desde Temuco al sur.

El dictamen del tribunal de alzada deja sin efecto la resolución adoptada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que el pasado 11 de agosto declaró admisible una querella por cuasidelito de prevaricación presentada por la abogada Carla Fernández en contra del ministro Mesa.

La querellante en este proceso, quien representa a tres exfuncionarios del Ejército, condenados por homicidio calificado y apremios ilegítimos en la causa conocida como El Polvorín, dijo que apelará a esta resolución.

En el considerando noveno, el fallo precisa que “que, la admisión de una querella en tales condiciones configura una amenaza cierta, grave e inminente a la libertad personal y a la seguridad individual del amparado”.

El dictamen de la Corte de Apelaciones de Concepción agrega que “resulta pertinente destacar que el contenido de la querella se reduce, en lo sustancial, a expresar un desacuerdo con la forma en que el juez valor la prueba en un proceso anterior”.

El recurso de amparo fue presentado por el defensor regional de La Araucanía, Humberto Serri, y el funcionario de la misma institución, Marcelo Pizarro.

El fallo fue adoptado por las ministras Carola Rivas Vargas, la ministra subrogante, Carolina Vásquez Epuñán y Antonella Farfarello Galletti, encargada de la redacción del fallo.