La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó un recurso de amparo, que buscaba la libertad de uno de los condenados que está sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva. Esto pese a que le otorgó el beneficio de libertad vigilada, en la causa derivada del homicidio Camilo Catrillanca.

Además, en la misma causa, la Defensoría Penal Pública ingresó un recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Oral de Angol respecto del exsargento del GOPE, Carlos Alarcón, condenado como autor del homicidio del comunero mapuche.

El recurso de amparo fue presentado por la defensa de Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz, condenado a 3 años y un día además de 61 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por el tiempo de las condenas, como autor de los delitos consumados de disparo injustificado y obstrucción a la investigación, en el caso derivado por la muerte de Catrillanca.

Los integrantes de la Segunda Sala del Tribunal de Alzada regional, tras oír los alegatos y dejar en acuerdo su fallo, lo liberaron este fin de semana, reiterando su decisión de rechazo a la petición de libertad que esgrime la defensa del condenado, a cargo del abogado Javier Jara Müller, quien anticipó a Radio Bío Bío que apelará de la resolución, asegurando que la prisión preventiva no se ajusta al merito del proceso.

En tanto, el Tribunal Oral en Lo Penal de Angol, declaró admisibles siete recursos de nulidad que fueron presentados por las defensas de igual numero de condenados, entre ellos el de la defensa de Carlos Alarcón Molina, respecto de quien se había otorgado un plazo adicional de 20 días para su ingreso, por lo que las acciones legales fueron elevadas a la Corte Suprema

La defensa Gonzalo Pérez Vargas, condenado 61 días de presidio más el pago de una multa por obstrucción a la investigación, no recurrió de nulidad en la causa.