El senador Rafael Prohens propuso un proyecto de ley que sugiere dos modificaciones al Código Penal para los condenados por delitos sexuales: la pena de castración química y un aumento en los requisitos necesarios para que los sentenciados puedan optar a la libertad condicional.

El proyecto tiene por objetivo contar con herramientas que ayuden en la prevención de la reincidencia de delitos sexuales y en esa línea, la propuesta del senador incluye la castración química, por ser una herramienta utilizada en países como Polonia, Alemania, República Checa, Dinamarca y en algunos Estados de EEUU.

“Nuestra legislación no contempla la opción siquiera de recurrir a dicho método, el cual es respaldado por cifras que muestran la efectividad del mismo. Por lo tanto, se hace necesario realizar una modificación legal que lo consagre como un mecanismo legítimo al que pueda optar el agresor sexual a fin de no cometer nuevamente crímenes sexuales. Está comprobado que en la mayoría de estos ataques existen en el agresor rasgos de psicopatía, que escapan del control de la persona”, explicó Prohens en su proyecto.

Agregó que “las personas que critican la castración lo hacen en base a que esta no resuelve la agresividad o la necesidad de poder. Si bien lo anterior puede resultar verdadero, lo cierto es que la castración es un mecanismo efectivo, evita que existan nuevas víctimas, y, con el correcto acompañamiento psicológico y psiquiátrico, puede favorecer la reinserción social del agresor sin causar daño a nuevas personas”.

El proyecto, radicado en la Comisión de Constitución, propone además incorporar un peritaje siquiátrico obligatorio para quienes requieran optar acceder a la libertad condicional y hayan cometidos delitos graves.

Cabe recordar que para acceder a la libertad condicional se establece en la ley haber cumplido la mitad de la condena, tener una conducta intachable durante el cumplimiento y contar con un informe psicosocial. Además, para los delitos graves como violación con homicidio, violación, abusos sexuales, entre otros, sólo se podrá postular al haber cumplido dos tercios de la pena en la cárcel.

El senador aseguró que “para acceder a la libertad condicional el condenado debe contar, necesariamente, con un informe psiquiátrico, que efectúe un diagnóstico clínico de un trastorno mental del individuo, el que debe incluir información sobre el deterioro funcional de la persona y cómo este deterioro afecta las capacidades particulares en cuestión, para que así, la Comisión de Libertad Condicional cuente con todos los antecedentes necesarios para adquirir la convicción de la reinserción en la sociedad, evitando así la reincidencia”.

La propuesta nació a raíz del denominado caso del “psicópata de Paipote o de Copiapó” donde el principal inculpado había sido condenado el año 2005 por la comisión de dos robos con violación, a 24 años de cárcel y el año 2018 accedió al beneficio de libertad condicional. Recientemente, se han conocido tres casos, ocurridos luego de su liberación, en que, presuntamente, violó y asesinó a tres personas.