El Tribunal consideró que las plataformas de intercambio de criptomonedas no presentaron pruebas que permitieran concluir que los bancos incursionaron en acciones de abuso de posición dominante y negativas de ventas, entre otros aspectos.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) decidió rechazar las demandas de las plataformas de compra venta de criptomonedas chilenas CryptoMKT, Orionx y Buda (ex Surbtc SpA), ingresada en 2018 contra diversas firmas bancarias, acusándolas de abuso de posición dominante.

Esto debido a que, según postularon los exchanges nacionales, las instituciones se mostraron negativas a abrirles cuentas bancarias, y en otros casos directamente cerraron las existentes.

“Además, las demandantes acusaron conductas de autotutela, explotación abusiva de una situación de dependencia económica, prácticas exclusorias, discriminación arbitraria anticompetitiva y negativa de venta”, detallaron desde el Tribunal.

Los bancos acusados en la causa rol C N° 349-18 son Itaú-Corpbanca, Banco del Estado de Chile, Scotiabank Chile, Banco de Chile, Santander-Chile, Banco Bice, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile S.A., Banco Internacional y Banco Security.

Plataformas de criptomonedas pierden ante el TDLC

“El Tribunal consideró que, aunque no puede descartarse una eventual presión competitiva (…), las demandantes no aportaron pruebas en autos que permitiera concluir que fueren competidoras de los bancos. Sin perjuicio de ello, el Tribunal analizó los elementos estructurales y conductuales necesarios para configurar el abuso de posición de dominio colectivo acusado”, añadieron.

En este sentido, el TDLC consideró que, dada las condiciones actuales del sector bancario, se “demuestra que se tomaron decisiones comerciales independientes por parte de los bancos, relativas a cada una de las intermediarias de criptomonedas”. Por tanto, no existirían las condiciones para un abuso de posición dominante.

Además, se llegó a la conclusión de que, como las cuentas bancarias pueden ser suministradas a la vez por diferentes entes bancarios, “tampoco podría considerar como un insumo indispensable” para el funcionamiento de los exchanges de criptomonedas.

Exchanges versus bancos

En el documento donde se detalla el fallo del Tribunal se nombra el caso de Banco Security, donde si bien no hubo respuesta a los requerimientos para la apertura de una cuenta corriente, “no se observa una intención seria de las demandantes de abrir cuenta con dicho banco”.

Respecto a Itaú, Banco Estado, Banco de Chile, Scotiabank y Santander, negativa para abrir cuentas y el cierre de las mismas, “se ejecutaron luego de evaluar la información que tenían disponible, y a juicio de este Tribunal, tienen un carácter justificado, objetivo y no discriminatorio”.

Para el caso de BBVA y Banco Internacional, no se acreditó la existencia de un comportamiento calificado como “negativa” a la solicitud de apertura de cuentas. Finalmente, en el caso del Banco Bice, las plataformas no acreditaron que hayan cumplido los requisitos exigidos para los clientes corporativos.

“Por consiguiente, las demandas de autos serán rechazadas en su totalidad, por no haberse configurado las infracciones imputadas”, concluyó el Tribunal, quien condenó en costas a las plataformas de criptomonedas.