VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La muerte de Héctor Noguera ha conmocionado a Chile, y el presidente Gabriel Boric decretó Duelo Oficial en todo el país en su honor. Esto ha generado dudas sobre qué implica esta medida y cómo difiere del Duelo Nacional. De acuerdo con la ley chilena, el Duelo Nacional se establece con un decreto del Ministerio del Interior, donde la bandera se iza a media asta por tres o más días, suspendiendo actos de Gobierno y espectáculos públicos. Por otro lado, el Duelo Oficial se declara por un día o más, también con la bandera a media asta, pero sin la suspensión de eventos públicos.

La muerte del actor Héctor Noguera remeció no solo al mundo de las artes en Chile, sino a todos aquellos que admiraban su trabajo y sentían aprecio por el reconocido artista.

Fue el mismo presidente Gabriel Boric quien se refirió a su deceso, señalando que “En honor a su vida he decidido decretar Duelo Oficial, hoy martes 28 de octubre, en todo el territorio nacional”.

Al respecto, surge la duda sobre qué significa decretar Duelo Oficial, en qué se diferencia con el Duelo Nacional y cómo afecta concretamente al país.

Qué significa declarar Duelo Oficial y Duelo Nacional

Lo primero que hay que aclarar es que declarar Duelo Oficial o Nacional NO significa un día libre o feriado.

Dejando eso claro, debes saber que la ley chilena establece que, si fallece una alta personalidad chilena, se deberá determinar, en mérito de circunstancias especiales, si corresponde la declaración de Duelo Nacional o de Duelo Oficial. ¿Cuál es la diferencia?

El artículo 66 del Reglamento Ceremonial Público señala que el Duelo Nacional se establece mediante un «decreto del Ministerio del Interior que fijará el izamiento de la bandera a media asta, durante el término de tres o más días en el Palacio de La Moneda y en las Oficinas y Reparticiones Públicas, así como en las unidades de las Fuerzas Armadas y Carabineros».

También comprende la suspensión tanto de los actos o ceremonias de Gobierno que revistan el carácter de festejo, como de los espectáculos y entretenimientos públicos.

En tanto, el artículo 67 plantea que el Duelo Oficial —por un día o más— se declara por un decreto supremo que dicta el Ministerio del Interior y dispone las mismas medidas que en el Duelo Nacional, excepto la suspensión de espectáculos o entretenimientos públicos.

En pocas palabras, ambas declaraciones implican un periodo de recogimiento y reflexión en torno al fallecimiento de una alta personalidad, variando simplemente en la suspensión de determinados eventos públicos.