La Corte Suprema anuló la decisión de la Corte Marcial adoptada hace un año, cuando se absolvió al cabo de Carabineros, Miguel Jara Muñoz, por su responsabilidad en la muerte del comunero Jaime Mendoza Collio.

Recordemos que Jara fue el autor del disparo que impactó mortalmente por la espalda al joven de 24 años el 12 de agosto de 2009, cuando se producía el desalojo de la toma del fundo San Sebastián en Ercilla, solicitado por la Fiscalía de La Araucanía.

En su lugar, el máximo tribunal sentenció en un fallo unánime al funcionario policial a tres años de pena remitida (esto es, en libertad vigilada), porque se le consideró una atenuante al delito.

Hace un año, la Corte Marcial había absuelto al uniformado en forma unánime, argumentando que actuó en defensa propia, ya que habría sido víctima de una emboscada protagonizada por personas armadas con escopetas, con lo que se desechó la condena de primera instancia de cinco años y un día de cárcel.

En cambio, este miércoles la sala penal dio a conocer la sentencia que acoge un recurso de casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado, confirmando que hubo responsabilidad del policía uniformado como autor de violencia innecesaria con resultado de muerte, lo que no se relaciona con la condena según Lorenzo Morales, abogado de la familia Mendoza Collío.

Respecto a la atenuante que le rebajó la pena a Jara, ésta sería que “las circunstancias fácticas que rodearon los hechos demostrados y la escalada de violencia que tornó ineficaz las medidas disuasivas adoptadas en el procedimiento policial, naturalmente constituyeron estímulos poderosos en términos de causar subjetivamente una alteración en el estado emocional del agente, llevándoselo a representarse, en un disminuido estado de autodeterminación, la necesidad de disparar contra los comuneros ilegales del predio, lo que le permite a este tribunal reconocer, de oficio, la circunstancia atenuante del artículo 11 Nº 5 del Código Penal”.

En este proceso se expusieron pruebas por parte de Carabineros de impactos de balines en el casco y chaleco anti balas del inculpado, para acreditar que fue atacado mientras se encontraba en el suelo, situación que fue denunciada como un “montaje” por la defensa de la familia de Mendoza Collio.

La resolución cuenta con los votos a favor de los ministros titulares de la sala penal de la Corte Suprema, Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Kunsemuller y Haroldo Brito, el del auditor general (S) del ejército, Roberto Reveco, y sólo con el voto en contra del abogado integrante Jorge Barahona.

La familia en tanto, tras conocer la resolución de la Corte Suprema, determinó apelar ante el sistema de justicia europeo.