La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Latam Airlines a pagar una multa de 50 UTM, equivalente a $2.339.000 al día de hoy, y a una indemnización de US$ 1.554, ($972 mil pesos) por la no devolución de los montos de los pasajes de vuelo no abordado por la muerte de uno de los pasajeros.

En fallo dividido, la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Hernán Crisosto, Hernán López y el abogado (i) Héctor Mery– acogió la demanda por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores, presentada por Lylian Contreras Silva, en contra de la aerolínea que se negó a devolver el importe pagado por los pasajes que no utilizó debido al fallecimiento de su pareja.

Fallo

“Que de este modo, se encuentra establecido que la denunciada infringió la ley que dispone que son derechos y deberes básicos del consumidor: “El derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos, y el deber de informarse responsablemente de ellos”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “en efecto la denunciante no sólo no fue verazmente informada del sistema utilizado por la empresa pare reversar el pago efectuado mediante Tarjetas de Crédito, sino que fue informada de que se le reversaría el importe de pasaje mediante vale vista lo que no ocurrió. Sin embargo no se evidencia a su respecto infracción al artículo 23, de momento que Latam, accedió a reversar el monto del importe del tramo no utilizado, no solo del pasajero que falleció, sino también del de aquella persona que aún sin tener vínculo legal con el fallecido, había sido adquirido con la Tarjeta de crédito del señor Svenson”.

La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro López.