Confirmando los fallos de primera y segunda instancia, la Corte Suprema ratificó la condena fijada a la concesionaria Ruta del Itata a pagar 140 millones de pesos a los padres de ambas víctimas

El máximo tribunal rechazó en fallo unánime el recurso de casación interpuesto por la concesionaria, en el marco de la sentencia por el accidente fatal que generó la presencia de rollizos de madera en la ruta que une Penco y Chillán.

El 10 de abril de 2008 la camioneta en la que Ricardo Cea Lomeña y Frederic Narváez Escalona viajaban hacia Concepción impactó contra los rollizos esparcidos a la altura del kilómetro 17 de la Ruta del Itata, falleciendo ambas personas instantáneamente tras volcar el vehículo.

Esa situación, señaló la Corte Suprema al rechazar el recurso, equivale a una negligencia y una falta de servicio al no haber sido retirados los rollizos, no obstante la alerta hecha por otros conductores.

“La concesionaria de la autopista no cumplió con la obligación de brindar un servicio seguro, minimizando cualquier riesgo pues no actuó diligentemente al no realizar un patrullaje permanente a lo largo de la ruta ni actuó con celeridad acorde al peligro inminente que se cernía en el kilómetro 17 al momento de ser alertado por conductores que pasaban por el lugar y observaron los rollizos de madera esparcidos en la carretera”, sentenció el máximo tribunal del país.

Por eso, se concedió a Eliana del Carmen Lomeña Reyes, madre de Ricardo Cea, de 46 años, la suma de 70 millones de pesos por el daño que le causó la muerte de su hijo, mientras que a Reinaldo Nasváez y a Jovina Escalona, padres de Frederic Narváez, de 33 años, se otorgó otros 70 millones de pesos como indemnización.