El trabajo arduo que se prolonga muchas veces por más de un año siempre requiere de unas vacaciones. Este esperado momento nos permite finalmente descansar y desconectarnos del trabajo, para recargar las baterías y despejarnos de todos los problemas.

En el ámbito del Derecho, este periodo se llama “feriado anual”, y todos los trabajadores que lleven un año de servicio dentro de una empresa pueden optar a él. Daniel Stingo, conversó en Expreso Bío Bío en el ciclo de derecho laboral, y aclaró algunas dudas respecto a las normas que regulan las vacaciones.

Es importante saber que dentro de este feriado se tiene derecho a remuneración íntegra, ya que el empleador está obligado a pagar el sueldo al trabajador en la misma fecha habitual.

La duración del feriado es de 15 días hábiles, es decir de lunes a viernes, y debe otorgarse de preferencia en verano o primavera y de forma continua, pero el exceso de 10 días se puede fraccionar en común acuerdo.

Atentos, porque sólo se pueden acumular un máximo de dos periodos anuales, sin embargo antes de cumplir el tercero deberá otorgarse al menos el primero de éstos.

¿Quieres enterarte cuáles otros derechos y deberes debes cumplir al momento de sacar tus vacaciones? Atento a la siguiente entrevista con el abogado Daniel Stingo: