La Corte de Apelaciones de Concepción dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por el secuestro calificado de Rudy Cárcamo ocurrido a partir del 27 de noviembre de 1974 en la comuna de Talcahuano.

En fallo unánime (rol 172-2010) los ministros Freddy Vásquez, Hadolf Ascencio y el abogado integrante Jorge Bécar ratificaron la sentencia del ministro en visita Carlos Aldana Fuentes quien determinó las siguientes penas contra quienes se individualiza:

-Hugo González D’Arcangeli. 541 días de presidio. Se concedió beneficio de remisión condicional.

-Víctor Donoso Barrera. 541 días de presidio. Se concedió beneficio de remisión condicional.

-Conrado Sesnic Guerricabeitia. 541 días de presidio. Se concedió beneficio de remisión condicional.

-Osvaldo Hannish Salazar. 541 días de presidio. Se concedió beneficio de remisión condicional.

-José Cáceres González. 541 días de presidio. Se concedió beneficio de remisión condicional.

De acuerdo a ambos fallos se ha podido establecer que: “Rudy Cárcamo Ruiz fue detenido en horas de la noche del 27 de noviembre de 1974, sin existir orden judicial o administrativa correspondiente, en su domicilio ubicado en calle 6, N° 262, Población Leonor Mascayano, Talcahuano, por personal civil pertenecientes a las Fuerzas Armadas y traspasados al Departamento de Inteligencia del Estado Mayor de la Segunda Zona Naval, unidad de inteligencia denominada Ancla 2 o A 2, que funcionó en recintos de la Base Naval de Talcahuano, lugar donde el detenido fue sometido a interrogatorios y apremios ilegítimos por personal de la citada unidad de inteligencia, ignorándose desde esa fecha toda noticia sobre su paradero o su existencia”