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La Contraloría General de la República ordenó la disolución inmediata de la Corporación Municipal de Desarrollo Urbano de Colina al determinar que su constitución no se ajusta a la ley, ya que asumió funciones propias de las municipalidades. La resolución destaca que la administración de bienes municipales y la ejecución de proyectos de infraestructura son responsabilidades exclusivas de las municipalidades y no pueden ser delegadas a entidades privadas. Además, se anunció una fiscalización adicional para investigar posibles conflictos de interés y la correcta aplicación de la ley del lobby en las operaciones de la corporación. Esta medida inédita busca evitar que las municipalidades transfieran competencias a entidades privadas, lo que podría evadir normas legales y constitucionales. La Municipalidad de Colina deberá adoptar las medidas necesarias en un plazo de 30 días hábiles para disolver la corporación y reportar las acciones realizadas. La Contraloría extendió esta resolución a los 345 municipios, estableciendo que cualquier entidad que mantenga un modelo similar al de Colina deberá ser disuelta dentro de los plazos de notificación, convirtiéndose en una regla general.

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La Contraloría General de la República determinó que la constitución de la Corporación Municipal de Desarrollo Urbano de Colina no se ajusta a derecho, ordenando su disolución inmediata.

Esta decisión se basa en que la corporación asumió facultades que son propias e intransferibles de las municipalidades, según lo establecido por la legislación vigente. La medida aplicará para todos los municipios de Chile.

La entidad contralora señaló que las funciones desempeñadas por la corporación, tales como la administración de bienes municipales y la ejecución de proyectos de infraestructura, son responsabilidades exclusivas de las municipalidades y no pueden ser delegadas a entidades privadas.

Dichas actividades no cumplen con los fines de promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, ni con el desarrollo comunal y productivo, que son los únicos propósitos permitidos por la ley para la creación de este tipo de corporaciones.

La resolución, firmada por la contralora general (S), Dorothy Pérez, ordena a la Municipalidad de Colina adoptar las medidas necesarias para disolver la corporación y reportar las acciones realizadas en un plazo de 30 días hábiles.

Además, la Contraloría anunció una fiscalización adicional para investigar posibles conflictos de interés y la correcta aplicación de la ley del lobby en las operaciones de la corporación.

Esta decisión surge tras denuncias de una persona que pidió su anonimato y que alertaba sobre un posible conflicto de interés de Cristián Cominetti Zárate, tesorero de la corporación y a su vez gerente de la Inmobiliaria Manquehue.

Respecto a ese punto, se indica en la misma resolución, que la Contraloría revisará en detalle estas acusaciones y las interacciones entre las autoridades municipales y los representantes de las sociedades inmobiliarias involucradas a través de fiscalizaciones.

Medida inédita

La resolución destaca que permitir que las municipalidades transfieran competencias a entidades privadas podría evadir las normas constitucionales y legales que regulan la materia, afectando la responsabilidad y el control administrativo que deben ejercer las entidades públicas.

La Municipalidad de Colina debe ahora “disolver” la denunciada corporación municipal, dando cuenta de ello a esta entidad contralora en el plazo de 30 días hábiles administrativos.

Además, pidió la contralora (s) que se asegure que sus funciones se realicen dentro del marco legal, utilizando sus propios medios y observando los deberes administrativos establecidos.

Sin embargo, este documento que si bien se remitió a la Municipalidad de Colina, Pérez tomó la decisión de que se remita a los 345 municipios por lo que se entiende que si alguna está implementando o mantiene un modelo similar al que buscó desarrollar Colina debe ser disuelta dentro de los plazos de la notificación. En simple, se transforma en una regla general.