Un informe pericial solicitado por el 2° Juzgado Civil de Valparaíso concluyó que las viviendas construidas por la Constructora San Sebastián en El Olivar no presentan, según lo revisado en terreno y los antecedentes analizados, defectos de ejecución que permitan atribuir a la empresa las principales anomalías detectadas en el proyecto.
El antecedente supone un revés para la decisión impulsada por el ministro de Vivienda, Iván Poduje, quien había dispuesto la suspensión de las obras y posteriormente avanzó en la demolición de viviendas construidas bajo los contratos de la empresa, tras informes técnicos que advertían deficiencias estructurales.
La demanda de la constructora contra el Serviu de Valparaíso se presentó precisamente en ese contexto, dando origen a una medida prejudicial probatoria que permitió encargar el peritaje judicial.
En el documento, al que accedió Bío Bío, se concluye lo siguiente: las anomalías detectadas provendrían del diseño, cálculo estructural y formulación del proyecto habitacional aprobado por el Serviu, y no de la ejecución material de las obras por parte de la constructora.
El documento precisa que la revisión de la ingeniería y de las memorias de cálculo no formaba parte de la pericia. Sin embargo, establece que, de existir errores en esos cálculos, estos se encontraban contenidos en el proyecto aprobado y entregado a la empresa para su ejecución.
Peritaje apunta al diseño aprobado por Serviu para viviendas de El Olivar
El peritaje revisó los antecedentes que llevaron al Serviu a suspender indefinidamente las obras mediante el Ordinario N°245, incluyendo observaciones sobre el sistema sismorresistente, resistencia al fuego, aislación acústica y materiales.
Así, el informe concluye que las principales anomalías corresponden al diseño, cálculo estructural y formulación del proyecto aprobado por el propio Serviu, y no a la ejecución de la constructora.
Respecto de las observaciones constructivas, sostiene que son subsanables durante el proceso de obras y que varias de las modificaciones cuestionadas cuentan con respaldo en libros de obra, antecedentes técnicos o documentación de proveedores.
De hecho, al contrastar lo construido con el proyecto aprobado, el perito concluye que “no se observan defectos en la ejecución de las obras” y que la constructora no se apartó de los planos y especificaciones entregados por Serviu.
Social Arquitectura defiende diseño aprobado y cuestiona las demoliciones
Desde la Entidad Patrocinante, responsable del diseño de los 12 proyectos junto a la constructora encargada de ejecutarlos, sostienen que estos fueron calificados y aprobados por Serviu durante 2025, incluyendo su diseño y cálculo estructural.
A partir del peritaje y a través de una declaración pública, desde Social Arquitectura afirmaron que las observaciones posteriores a la paralización son subsanables y no justifican la demolición, mientras recalcan que el informe no detectó fallas constructivas.
También responsabilizaron al abandono de las obras por el posterior vandalismo y deterioro de algunas viviendas.
A través de un comunicado de prensa, desde el Minvu cuestionaron peritaje y advirtieron que las viviendas no cumplen estándares de seguridad
1. El Ministerio rechaza las conclusiones del peritaje. El informe reconoce que “las anomalías detectadas provienen del diseño, cálculo estructural y formulación del Proyecto”, pero declara que “la revisión de la ingeniería y memoria de cálculo no forma parte de esta pericia”. Sin ese examen, carece de base técnica para sostener que las viviendas son seguras o que sus defectos son subsanables.
2. Las viviendas no cumplen la normativa sísmica. Así lo acreditan los informes N° 2.178.944, 2.178.944-1 y 2.178.944-2 del IDIEM de la Universidad de Chile: en las tres tipologías las deformaciones de entrepiso exceden el límite normativo y existen elementos estructurales exigidos hasta 14 veces por sobre su capacidad admisible.
3. Los paneles se usaron fuera de su certificación. El sistema Fastwork fue aprobado por DITEC solo para viviendas aisladas de un piso y aquí se proyectó como sistema sismorresistente en viviendas pareadas de dos pisos, con una memoria de cálculo que omitió el factor de seguridad exigido por el propio fabricante. El panel alternativo que invoca el perito carece de ensayos estructurales conforme a NCh806, por lo que no puede emplearse.
4. La resistencia al fuego no está acreditada. Contra lo afirmado por el perito, IDIEM concluye que en ninguna tipología las vigas de acero, la losa colaborante y la techumbre acreditan la resistencia F-15 exigida por la OGUC, y que en la tipología A1 el muro medianero y sus columnas no acreditan F-60.
5. Las modificaciones de obra alteraron la estructura sin validación. El reemplazo de paneles por muros Metalcon en ejes divisorios, constatado en terreno por DITEC, altera el sistema sismorresistente y deja sin respaldo las acreditaciones de fuego y acústica. El peritaje tampoco acompaña validación de la ingeniera calculista para el corte de una viga ni para el cambio de placa colaborante. Una anotación en el libro de obras o la expresión “o similar” no sustituyen la verificación estructural.
6. El Ministerio no rebajará los estándares de seguridad. Las familias de El Olivar, damnificadas por el incendio de febrero de 2024, tienen derecho a viviendas seguras y el Estado tiene el deber ineludible de garantizarlo.