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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Fisco a pagar una indemnización de $61 millones a un joven trabajador por graves heridas en el rostro durante una protesta en el estallido social. El fallo confirmó la responsabilidad del Estado por "falta de servicio" debido al actuar negligente de la Armada de Chile en el control de manifestantes. El incidente ocurrió cuando la víctima regresaba de su jornada laboral y recibió un disparo en el rostro, causándole secuelas físicas y psicológicas.

En el norte del país, la Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Fisco a pagar una indemnización de $61 millones por concepto de daño emergente y daño moral a un joven trabajador que resultó con graves heridas en su rostro durante una jornada de protesta durante el estallido social.

En un fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia previamente dictada por el Segundo Juzgado Civil de la capital regional.

El dictamen establece la responsabilidad del Estado bajo la figura jurídica de “falta de servicio”, apuntando al actuar negligente e inapropiado en que incurrió el personal de la Armada de Chile durante las labores de control de manifestantes en ese momento.

Los hechos que originaron la demanda civil ocurrieron la noche del 21 de noviembre de 2019, cerca de las 21:00 horas, cuando la víctima regresaba de cumplir con su jornada de práctica profesional en la faena minera Mantos de la Luna.

Debido a los bloqueos de ruta y las manifestaciones que se registraban en el sector denominado La Patria, el bus interurbano detuvo su marcha, obligando a los trabajadores a descender para continuar el retorno a sus hogares a pie.

Fue en ese trayecto hacia la zona urbana donde el afectado recibió el impacto directo de un proyectil de arma de fuego en el rostro, provocándole severas secuelas físicas y psíquicas.

El fallo enfatiza que, ante la imposibilidad de establecer otra procedencia de los disparos, la lesión experimentada por la víctima se configura como una violación a sus derechos fundamentales y una carga que ningún ciudadano está obligado a soportar.

Finalmente, la resolución redactada por la sala ratificó en todas sus partes el desglose económico de la compensación judicial. De esta manera, el Fisco deberá hacer efectivo el pago de $1 millón a título de daño emergente, destinado a cubrir los gastos médicos inmediatos derivados de la emergencia, junto a otros $60 millones por concepto de daño moral debido al dolor y menoscabo sufrido por el afectado y su entorno familiar.