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El Tribunal Supremo de España ha dictaminado que los besos sin consentimiento expreso o tácito se considera un delito de agresión sexual.

Esta decisión se establece en una sentencia que confirma la condena de un año y nueve meses de prisión a un agente policial por besar sin consentimiento a una detenida.

La resolución del caso se hizo pública este martes y reitera que no es necesario que la víctima rechace explícitamente la acción, sino que es fundamental que haya dado su consentimiento. “Lo que hace falta es que consienta, que es la clave”, afirmaron los magistrados.

El incidente ocurrió cuando el agente, que se encontraba en la zona de calabozos, besó a la mujer en la mejilla e intentó besarla en los labios, algo que la detenida no consintió.

El Tribunal Supremo sostiene que este acto constituye una “intromisión en la libertad sexual” de la víctima, destinada a “obtener una satisfacción sexual a costa de otro”.

Además, la sentencia incluye una circunstancia agravante de prevalimiento, dado que el agente aprovechó la situación de detención de la víctima, y una atenuante de embriaguez.

Tribunal Supremo de España por besos no consentidos

El caso fue originalmente juzgado por la Audiencia Provincial de Sevilla y ahora se reafirma bajo la nueva ley de libertad sexual de 2022, conocida como la “ley del solo sí es sí”. Esta normativa elimina las distinciones previas entre abuso y agresión sexual, centrando el criterio en el consentimiento expreso.

Los jueces del Tribunal Supremo enfatizaron que “no puede entenderse que exista un derecho de cualquier persona a acercarse a otra y darle un beso cuando la víctima no lo admite como prueba de cariño o afecto”.

Señalan que los “besos robados” son un claro “ataque a la libertad de la mujer de decidir con quién quiere besarse o quién acepta y admite que le dé un beso”.

En este caso, se probó que el agente no solo besó a la mujer, sino que también actuó de manera indebida al “mirarse directamente sus genitales y a resoplar para que la detenida se fijara en él”. La mujer logró evitar el segundo beso girando la cara, lo que no impidió el primer acercamiento no consentido del agente.

Esta sentencia refuerza la importancia del consentimiento en las interacciones físicas y respalda la legislación que busca proteger la libertad sexual de las personas.