La eterna disputa entre los vecinos por las mascotas está a punto de llegar a su fin. Durante años muchas personas se enfrentaron la presencia de animales en comunidades, llegando incluso a prohibirlas en algunos edificios. Sin embargo, un proyecto que define una nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria está a punto de dar por terminada la polémica.

Hace algunas semanas la Cámara de Diputados aprobó dicho proyecto que actualmente se encuentra en el Senado. Según el ministro de Vivienda Felipe Ward, el proyecto asegura, entre otras cosas, que “ya no se podrán prohibir las mascotas, aunque sí se regulará la tendencia responsable, y se podrá limitar el uso del espacio a través de un reglamento que tenga el edificio. En ningún condominio en Chile se podrá prohibir tener mascotas”.

Por su parte, Juan Andrés Orrego, profesor de Derecho Civil de la Universidad Finis Terrae, añadió que “de aprobarse la reforma, se entenderán inmediatamente suprimidas las prohibiciones actualmente contenidas en los Reglamentos de Copropiedad”.

“Al respecto, como dicha prohibición corresponde a una ‘limitación o restricción’, no cabe hablar por parte de la Administración del Condominio de un ‘derecho adquirido’. Además, cada Reglamento de Copropiedad debe cumplir con lo que establezca la Ley de Copropiedad, incluyendo las reformas que se hagan en ella a lo largo del tiempo”, sentenció.

¿Y qué pasa con los espacios comunes?

Tal como explicaba el Ministro, quienes tengan animales deberán regirse por la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañías.

¿Qué quiere decir esto? “Esencialmente, que los animales sean debidamente inscritos”, añadió Orrego.

La ley destaca que “quien tenga un animal bajo su cuidado responderá como fiador de los daños producidos por éste”; “el responsable de una mascota o animal de compañía estará obligado a la adecuada identificación del mismo y de su dueño y a su inscripción en el registro respectivo”;y “estará obligado a su alimentación, manejo sanitario, especialmente a la recolección y eliminación de heces”.

Eso sí, según el abogado, “el Reglamentos de Copropiedad, de aprobarse la reforma, no podrían tampoco establecer la prohibición de que las mascotas paseen por los espacios comunes como jardines o estacionamientos. Pero la Administración sí puede disponer que los animales, al desplazarse por los espacios comunes, lo hagan bajo la supervisión de una persona responsable, que impida que el animal ocasione daños o ensucie dichos espacios comunes”.

¿Qué pasan con las comunidades que no cumplan?

“Si después de aprobada la reforma legal se le prohibiere a un copropietario mantener una mascota, éste puede recurrir de protección a la Corte de Apelaciones o al Juez de Policía Local, para que se revierta la prohibición”, aseveró el experto.

“Lo anterior, porque la prohibición, en caso de mantenerse, constituiría un acto ilegal, que le impediría al copropietario el legítimo ejercicio de un derecho –mantener una mascota o animal de compañía-, que le reconoce la ley”, añadió.

La pandemia y las cuarentenas han hecho que muchos dueños de mascotas, especialmente de la tercera edad, prefieran no sacar a sus mascotas a la calle, optando por espacios comunes. El problema es “que mientras no sea aprobada la reforma legal, en aquellos condominios que tengan vigente la prohibición de mantener mascotas, puede prohibirse la circulación por los espacios comunes de animales que detenten los copropietarios, porque estarían en situación de incumplimiento de la normativa interna del Condominio, que por ahora, está conforme a la ley”.

Por lo mismo, la mejor opción es llegar a un acuerdo con los vecinos y todos mostrar empatía por las necesidades del otro.