Uno de los elementos de la bullada reforma de pensiones del gobierno es la licitación del stock de afiliados. Al menos hasta ahora, este consiste en que cada dos años se tomará aleatoriamente a 10% de los afiliados en el sistema de pensiones para adjudicárselos la AFP -o Inversor de Pensiones, como los denomina el proyecto- que oferte la comisión más baja, precio que deberá mantener por 5 años. Todo esto, con el objetivo de mejorar la competencia entre las AFP y que los afiliados paguen la menor comisión posible.

El gran problema de la reforma -dejando al margen el problema de comenzar a implementar elementos de un sistema reparto en el sistema, con el consiguiente peligro de que a futuro se expanda a la totalidad del sistema- es un problema de foco. ¿Cuál es el objetivo de la reforma? ¿Mejorar las pensiones, que va de la mano de mejorar la rentabilidad, o disminuir la comisión?

Esta pregunta es relevante porque, hasta ahora, buena parte de las reformas de pensiones, sean grandes o pequeñas, han puesto el foco en la comisión que cobran las AFP por la administración de los fondos. Y es algo obvio en la lógica político-electoral, ya que bajar la comisión supone un aumento inmediato en el sueldo líquido disponible a fin de mes de las personas, mientras que el aumento de la rentabilidad es de percepción lenta y distribuida a lo largo del tiempo, no medible cada 4 años y, por cierto, difícilmente adjudicable a algún político en particular.

Así, por ejemplo, en 2008 se publicó la ley N° 20.255 que dispuso la licitación pública de los nuevos afiliados al sistema. Antes, cada persona debía inscribirse en alguna AFP de la misma manera en que hoy uno elige la compañía de teléfonos o una ISAPRE. El argumento era que existía una baja competencia entre las AFP y comisiones muy altas. Por lo tanto, introducir competencia entre ellas supondría una baja de la comisión.

Parece lógico, pero olvida dos puntos importantes:

1. Sí existía competencia:

Volviendo al ejemplo de las compañías de teléfono, es evidente que las empresas compiten entre sí, aunque tengan precios y servicios similares. Lo relevante es que las personas puedan cambiarse libremente de compañía, que fue justamente lo que se logró a partir de la ley de portabilidad numérica. A pesar de los esfuerzos, la tasa de cambio de compañía telefónica es de solo un 13,9%, según la SUBTEL. Si las personas no quieren cambiarse, no se les puede forzar a ello, ya que también es una elección válida el decidir permanecer en la compañía.

Lo mismo ocurría anteriormente con las AFP, previa reforma de 2008: las administradoras debían competir entre ellas por los trabajadores al inicio de su vida laboral y luego durante su transcurso, de manera de evitar pérdidas de clientes.

Hoy, en cambio, con la introducción de la licitación pública, las AFP solo compiten realmente por los trabajadores durante su vida laboral, ya que la decisión de las personas de optar por una u otra AFP al iniciar sus primeros trabajos es decidida por la ley, por medio de la Superintendencia de Pensiones, en donde el único criterio que se toma en cuenta es el monto de la comisión.

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Rentabilidad de los fondos:

El segundo punto, y muy relacionado con lo anterior, es que lo realmente importante en nuestro sistema de pensiones es la rentabilidad futura de los fondos, y no la comisión que se cobra por la administración. Esto supone que es un grave error tomar como criterio rector de la licitación el monto de la comisión. Podrá ser políticamente rentable, pero muy perjudicial para las pensiones futuras las que requieren que, siempre y año a año, los fondos renten lo más posible.

La propuesta del gobierno de la licitación de stock de afiliados incurre, precisamente, en estos dos graves errores: por un lado, a pesar de que quiere buscar mayor competencia, acabará por limitarla, toda vez que quita de las personas la decisión de cambiarse libremente.

Y sigue siendo problemático a pesar de permitir restarse de la licitación o de imponer un corto tiempo de prohibición de cambio de administradora, ya que, si hoy existe una tasa de cambio voluntaria de 7,5%, según la Superintendencia de Pensiones, nada permite suponer que aumentará a futuro. La tasa de cambio forzosa sí, por cierto, pero las voluntarias no. Al revés, es posible suponer que los cambios voluntarios disminuirán, ya que la experiencia demuestra que, si el Estado decide por las personas, estas rara vez decidirán otra cosa. Si no, la tasa de cambio voluntario de administradora hoy debiera ser mucho más alta, pero no lo es presuntamente porque el Estado ya decide por las personas al inicio de su vida laboral.

Estos errores son aún más graves en la licitación de stock que la licitación de nuevos afiliados porque, al aplicar el criterio de adjudicación según la menor comisión, ya no solo al inicio de la vida laboral de los trabajadores, sino durante ella, supone que se podrá estar en la comisión más baja, pero no en la administradora con mayor rentabilidad.

Esto significará que las personas podrán estar constantemente cambiando de AFP sin un motivo técnico que lo avale. Dicho de otra manera, podrá haber una tasa alta de cambio forzosa entre AFP -lo que alegrará al gobierno- pero de ello no se sigue una alta tasa de rentabilidad de los fondos de pensiones, pero nadie parece estar preocupado de esto.

La competencia, por sí sola, no aumenta la competitividad

Estas son consecuencias más bien prácticas de la mala idea del gobierno, pero sus efectos son mucho más amplios. Por ejemplo, el profesor constitucionalista de la Universidad Católica, Patricio Zapata, ha advertido que esta idea podría llegar a ser inconstitucional, al vulnerar el derecho fundamental de las personas a la seguridad social dadas las consecuencias que esta iniciativa tendría sobre la rentabilidad de los fondos y su efecto en el cálculo de las pensiones futuras.

Por lo tanto, lo correcto es rechazar esta idea. Si se quiere mayor competencia entre las administradoras se puede permitir más actores en el mercado, o mejorar la información previsional de las personas para tomar mejores decisiones, pero no es correcto quitar esa decisión de los trabajadores y que sea la ley, la Superintendencia o un burócrata quien decida por las personas.

La competencia dentro del sistema de pensiones es buena e importante, pero por sí sola no aumenta la rentabilidad, mucho menos cuando el criterio rector de la competencia estatalmente fomentada es el costo de la comisión.

Hoy deberíamos concentrarnos en perfeccionar el sistema de pensiones, para que cada peso ahorrado por los trabajadores pueda rendir lo máximo posible. Cuando pongamos el foco en esto, nos daremos cuenta que llevamos años de discusión en reformar por reformar, en lugar de reformar para mejorar.