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El exteniente coronel Claudio Crespo, formalizado por apremios ilegítimos durante el estallido social, quedó con arraigo nacional, prohibición de portar armamento y de acercarse a la víctima tras una segunda acusación en su contra. Según la denuncia, Crespo habría disparado de forma injustificada a menos de 10 metros de distancia a una persona en el puente Pío Nono, causándole heridas de perdigones. Además, enfrenta un juicio por el caso de Gustavo Gatica. Crespo y su defensa denunciaron una persecución penal, alegando que no representaba un peligro para la sociedad y acusando un supuesto adoctrinamiento en las causas contra carabineros. El abogado del imputado aseguró que Crespo no había hecho uso de la escopeta en el momento denunciado, planteando discrepancias temporales con la intervención policial.

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El exteniente coronel Claudio Crespo quedó con arraigo nacional, prohibición de portar armas de fuego y de acercarse a la víctima, tras su formalización en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago por una segunda causa en su contra, relacionada con una acusación de apremios ilegítimos durante el estallido social.

La persona afectada sufrió heridas de perdigones en el tórax y la pierna izquierda.

Cabe recordar que Crespo enfrenta un juicio oral por el caso de Gustavo Gatica en el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, imputado por apremios ilegítimos con resultado de lesiones gravísimas, hecho ocurrido el 8 de noviembre de 2019.

La acusación de Claudio Crespo y su defensa contra la Fiscalía tras nueva formalización

Crespo y su defensa denunciaron una persecución penal por parte del Ministerio Público.

“Claramente, no soy un peligro para la sociedad. Entonces, no entendemos. En realidad, no entendemos. Yo a esto le llamo una persecución”, señaló el exteniente coronel de Carabineros.

El exteniente coronel también acusó un supuesto “adoctrinamiento” en las causas contra carabineros, señalando que en estas buscarían perseguirlos penalmente.

Por su lado, el abogado del imputado, Pedro Orthusteguy, se dirigió a la opinión público. El jurista aseguró que no han “podido encontrar una persecución objetiva, como establece la ley”.

El abogado defensor afirmó que, en el momento denunciado, ocurrido a las 16:00 horas, Crespo, quien era jefe de servicio, “no había hecho uso de la escopeta”. Según explicó, la primera intervención de ese día se registró a las 16:45 horas, en la intersección de Calle Carabineros de Chile con Vicuña Mackenna. Es decir, a dos cuadras del lugar señalado y 45 minutos después del hecho denunciado.

“Desde la Fiscalía Nacional se debe hacer una intervención en las fiscalías regionales respecto a la persecución que se está haciendo a Carabineros de Chile a nivel nacional”, planteó Orthusteguy.

La fiscal Oriente Margarita Millares se refirió a las acusaciones de Crespo y su abogado.

“A nivel constitucional, el Ministerio Público se encuentra en la obligación de investigar hechos que puedan constituir delitos como así también determinar la participación de los responsables”, inició la persecutora.

Hay antecedentes fundados de participación del imputado, en esta etapa del proceso y también de la existencia del delito por apremios ilegítimos“, señaló la fiscal Millares.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)