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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Este miércoles 29 de octubre es el último día para eximirse de ser vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del 16 de noviembre. El Servel publicó la lista de personas designadas el pasado sábado, quienes podrán presentar sus excusas hasta hoy. El incumplimiento conlleva multas de entre 2 y 8 UTM, es decir, entre $139.000 y $556.000. Las excusas válidas incluyen estar en el extranjero, tener más de 70 años o estar incapacitado física o mentalmente. Tras el plazo, el 1 de noviembre se conocerá la nómina final, sin posibilidad de nuevas excusas.

Este miércoles 29 de octubre vence el plazo para eximirse de ser vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del 16 de noviembre.

Recordemos que el pasado sábado 25, el Servel publicó la nómina con aquellas personas que deberán ejercer esta función. De igual forma, informó quiénes tendrán que ser miembros del Colegio Escrutador.

Las personas que estén impedidas de realizar una de estas dos funciones, podrán presentar sus excusas ante las Juntas Electorales, en un proceso que comenzó el lunes 27 y termina este miércoles 29 de octubre.

Qué excusas son válidas para eximirse de ser vocal de mesa

Por tratarse de una función obligatoria, el incumplimiento de esta labor conlleva multas que fluctúan entre 2 y 8 UTM. Esto equivale aproximadamente a un monto que va de $139.000 a $556.000.

Para evitar esta situación, recuerda que puedes presentar tus excusas ante la Junta Electoral que corresponda a tu domicilio. Pincha AQUÍ para conocer los datos de contacto.

Ten en cuenta que las excusas válidas son las siguientes:

— Ser designado miembro del colegio escrutador, en el caso de los vocales de mesa.
— Estar ausente del país o radicado a más de 300 kilómetros de distancia.
— Tener más de 70 años de edad.
— Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
— Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que las elecciones.
— Personas embarazadas.
— Padre o madre de un hijo menor de dos años, acreditado con el certificado de nacimiento del menor.
— Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad, incluye a quienes se desempeñen en los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam).
— Tener que desempeñarse en otras funciones que encomiende la Ley sobre Votaciones Populares (N.º 18.700).

Una vez cerrado el periodo de excusas, el 1 de noviembre se podrá comprobar la nómina final de quienes tendrán que ejercer estas dos funciones el domingo 16. Para todos ellos, ya no habrá otro periodo para eximirse.

En ese caso, si te ves imposibilitado de cumplir con la obligación, es crucial que conserves los antecedentes o documentos que acrediten tu situación en caso de ser citado por el Juzgado de Policía Local de tu comuna.