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El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Richard Ignacio Zamora Fuentes, alias “Guatón Nacho”, a 10 años y un día de presidio por asociación ilícita para el narcotráfico, lavado de activos y microtráfico en San Joaquín desde 2020. Además, fueron condenados otros miembros de la banda.

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El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Richard Ignacio Zamora Fuentes, también conocido como “Guatón Nacho”, a la pena de 10 años y un día de presidio.

Ello por su calidad de autor del delito de asociación ilícita para el narcotráfico, a partir de 2020, en San Joaquín.

En fallo unánime, el tribunal también lo condenó a cumplir dos penas de 541 días de presidio, accesoria de suspensión de cargo u oficios públicos mientras duren las condenas; más el pago de multas por 200 y 10 UTM, como autor de los delitos de lavado de activos y microtráfico, respectivamente. Ilícitos cometidos entre 2019 y 2020, en las comunas de Papudo y San Joaquín.

Otros imputados

En tanto, el acusado Juan Ricardo Vilches Arias deberá purgar 5 años y un día de reclusión, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de asociación ilícita.

Más 61 días de presidio, accesoria de suspensión de cargo u oficios públicos mientras dure la condena; más el pago de una multa de 5 UTM, como autor de microtráfico.

En el caso de la acusada Johanna Valeska Sepúlveda Morales, el tribunal la condenó a 5 años y un día de presidio efectivo, como autora del delito consumado de asociación ilícita para el narcotráfico.

Finalmente, la acusada Nilda del Carmen Puebla Moreno fue condenada a 3 años y un día de presidio, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, como autora del delito consumado de asociación ilícita para el narcotráfico. Pena que se da por cumplida por el mayor tiempo que permaneció privada de libertad.

En la causa, el tribunal decretó la absolución por falta de acreditación de Sepúlveda Morales de la acusación formulada en su contra, que le atribuía autoría del delito consumado de lavado de activos, presuntamente perpetrado entre 2019 y 2020, en la comuna de Curacaví.

Asimismo, resultaron absueltos Joan Manuel Pardo Ortiz y Luisa Valentina Zamora Fuentes de la acusación fiscal que los sindicaba como autores del delito consumado de asociación ilícita para el narcotráfico.

La asociación ilícita

El tribunal acreditó que a lo menos desde enero de 2020 y hasta marzo de 2021, “Richard Ignacio Zamora Fuentes, Juan Ricardo Vilches Arias, Johanna Valeska Sepúlveda Morales, Nilda del Carmen Puebla Moreno, entre otros, conformaron una asociación ilícita destinada al tráfico de drogas al interior de la población Legua Emergencia, comuna de San Joaquín”.

Por otro lado, en respecto al delito de lavado de activos, el tribunal determinó que “Richard Ignacio Zamora Fuentes junto con María Cristina Neira Puebla, Victoria del Carmen Puebla Moreno, a sabiendas qué determinados bienes provenían directa o indirectamente de las ganancias derivadas del tráfico de drogas, ocultó y/o disimuló el origen ilícito de los mismos. Para ello adquirieron, poseyeron, dichos bienes, con ánimo de lucro, habiendo conocido su origen ilícito al momento de recibirlos”.

En la causa, otros acusados fueron condenados previamente en procedimientos abreviados. Se trata de Rubén Alejandro Zúñiga Contreras, Elsa del Carmen Iturriaga Saldías. Katherine Priscilla Meneses Puebla, María Cristina Neira Puebla, Victoria del Carmen Puebla Moreno, Washington Moyano Araya, Paulina Andrea López Morales, José Domingo Muñoz Ortiz, Barbarella Ignacia Salinas Sepúlveda, Kevin Saúl Torres Gallegos, Álvaro Camilo Salvador Ramírez Ponce de León, Violeta del Carmen Rojas Torres. Gladys Verónica Vera Orellana, Marcela del Pilar Tapia Escobar y Esteban Gabriel Miranda Céspedes.