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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El exministro de Justicia Hernán Larraín afirmó que durante el gobierno de Sebastián Piñera rechazó rebajas de condena a violadores sexuales de menores, pero debió otorgarlas tras fallos judiciales que las consideraban obligatorias. Sostuvo que impulsó una ley, promulgada en 2022, para excluir estos delitos del beneficio. La polémica suma 332 rebajas desde ese año y llevó a la oposición a exigir la salida del ministro Fernando Rabat y anunciar que prepara una acusación constitucional.

El otrora ministro de Justicia, Hernán Larraín, se refirió este viernes a la polémica por la rebaja de penas a condenados por delitos sexuales contra menores de edad, situación que golpea al Gobierno del presidente José Antonio Kast.

A través de una declaración pública, el exsecretario de Estado durante el segundo período del fallecido expresidente Sebastián Piñera, abordó los cuestionados beneficios otorgados en los últimos gobiernos.

“Con motivo de la discusión generada a raíz del otorgamiento del beneficio de reducción de condena a condenados por delitos de violación o abuso sexual a menores de edad, he sido requerido reiteradamente por distintos medios de prensa respecto de mis actuaciones en la materia mientras me desempeñaba como Ministro de Justicia y Derechos Humanos del Presidente Sebastián Piñera (2018-2022)”, comenzó explicando.

Al respecto, señaló que “poco después de asumir el cargo, en 2018, recibí una solicitud de rebaja de condena de una persona condenada por violación a un menor de 14 años“.

No obstante, subrayó: “Me pareció improcedente conceder este beneficio y lo rechacé. La parte afectada recurrió a los tribunales y, poco tiempo después, recibí una resolución judicial que me obligaba a otorgarlo, señalando que si un condenado cumplía los requisitos de la ley N° 19.856, el ministro estaba obligado a concederlo“.

Desde 2022 hasta la fecha, se han concedido 332 beneficios, de los cuales 276 corresponden a la administración de Gabriel Boric y 56 al actual gobierno del presidente José Antonio Kast.

“Esta doctrina, respaldada por reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema, nos forzó a dictar los decretos correspondientes, dejando constancia en cada caso los considerandos de esos fallos, estableciendo así que no se trataba de una decisión discrecional de la autoridad, sino del cumplimiento de un mandato judicial“, recalcó.

“En atención a la gravedad de esta situación, el 11 de noviembre de 2019 presentamos, por iniciativa del Gobierno del Presidente Piñera, un proyecto de ley que excluía de los beneficios de la rebaja de condena a quienes hubieran cometido crímenes sexuales contra niños, niñas y adolescentes, incluyendo los delitos de violación, estupro y trata de personas con fines de explotación sexual”, aseveró.

“El proyecto fue finalmente aprobado por el Congreso y promulgado como ley N° 21.421 el 28 de enero de 2022“, precisó.

“Durante la tramitación surgió la cuestión de si la exclusión del beneficio aplicaba solo a condenas futuras o también a las ya dictadas. Del debate legislativo quedó claro que, tratándose de un beneficio carcelario y no de una norma de naturaleza penal, no procedía aplicar el principio de irretroactividad“, detalló.

“Consta en el acta: “sobre la aplicación de la norma, manifiesta (el Ministro Hernán Larraín) que rige in actum, de aplicación inmediata, siguiendo el criterio señalado por el Tribunal Constitucional en materia de libertades condicionales, por el cual el solicitante debe cumplir los requisitos al momento de solicitar el beneficio. Entonces, una vez vigente la modificación legal, no podrán pedirlo aquellos condenados por los delitos que hayan sido excluidos”, agregó.

“En la historia de la ley quedó consignado que ‘no hay derecho adquirido respecto del beneficio de rebaja de condena, sino que solo se tiene derecho a él si al momento de postular se cumple con la ley vigente’“, mencionó.

Junto con ello, contó que “en la aplicación posterior de esta norma, la jurisprudencia de la Corte Suprema tuvo criterios distintos”.

“Inicialmente estimó que los condenados con anterioridad a la vigencia de la ley tenían derecho al beneficio y lo concedió. Sin embargo, en fallos recientes la Corte ha modificado esa posición y ha rechazado su entrega, reconociendo que la rebaja de condena no está comprendida en el principio de irretroactividad penal, criterio que recoge fielmente la historia fidedigna de la ley que impulsamos en resguardo de la indemnidad de la niñez”, detalló.

Vale mencionar que el polémico caso que sacude a La Moneda mantiene concentradas las críticas en el ministro de Justicia, Fernando Rabat. Incluso, bancadas de oposición exigieron al presidente José Antonio Kast remover al secretario de Estado por las rebajas de condena violadores de niños, niñas y adolescentes. Además, anunciaron que comenzarán a preparar una eventual acusación constitucional.

En una declaración conjunta, las bancadas del Frente Amplio, Partido Socialista, Partido Comunista, Democracia Cristiana, Partido Por la Democracia y Partido Liberal, emplazaron al mandatario a asumir la responsabilidad política por las decisiones de su administración.

“Él no es un observador, es el jefe de gobierno. Si el ministro Rabat está en el cargo fue porque el presidente lo nombró”, señalaron.

“Por eso, exigimos al presidente Kast que remueva al ministro Fernando Rabat de su cargo. Hasta ahora, la respuesta del gobierno ha sido tardía, insuficiente e irresponsable, además de errónea jurídicamente. Es momento de hacerse cargo”, agregaron.