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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa de 80 UTM contra Canal 13 por un episodio de Hay que decirlo donde participó la medium Vanessa Daroch, transmitido el 5 de mayo. El capítulo abordó temas polémicos como amarres en relaciones y el uso de fluidos corporales, siendo sancionado por el Consejo Nacional de Televisión por posible afectación a la salud y desarrollo de menores.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 80 UTM contra Canal 13, por un capítulo del programa Hay que decirlo, el pasado 5 de mayo, en el cual intervino la medium Vanessa Daroch.
La sanción había sido interpuesta, en primera instancia, por el Consejo Nacional de Televisión.
Recordar que ese episodio estuvo centrado en hablar sobre los amarres en relaciones de pareja, así como la posibilidad de usar “fluidos biológicos” en estas cuestionables prácticas.
Todo lo anterior, además, en horario de protección para menores.
El fallo sostuvo que: “Cabe señalar que la multa impuesta se encuentra dentro del marco legal previsto en el artículo 33 de la Ley N°18.838 y que para su quantum se tuvo en cuenta que la conducta sancionada consistió en la emisión, en horario de protección, de contenido audiovisual que podría dañar seriamente la salud y desarrollo físico y mental de los menores de edad”
“Pudiendo con ello incidir negativamente en el proceso formativo de su espíritu e intelecto, lo que constituye una afectación al principio del interés superior de niños, niñas y adolescentes y a la finalidad protectora de dicho horario”, agregaron.
Por su lado, desde la estación privada había sostenido en la apelación que: “tanto el panel del programa como su conductor y la médium invitada, doña Vanessa Daroch, advirtieron durante la emisión sobre lo perjudicial y peligroso de la realización de los rituales mencionados”.
“Abordando en sus comentarios diversos aspectos relevantes, entre ellos el amor propio y la autoestima, razón por la cual en ningún momento se incentivó la realización de la conducta relatada en el programa”, añadieron.
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