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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

José Antonio Kast retiró del debate una iniciativa emblemática de la administración de Boric, el proyecto de negociación colectiva multinivel. Esta medida permite al gobierno sacar proyectos antes de su votación en la sala. La negociación multinivel implica establecer pisos salariales y condiciones laborales mínimas en sectores económicos. El proyecto buscaba acordar estándares mínimos en temas laborales como salud y seguridad, salarios y distribución de la riqueza, mediante un sistema de tres niveles con participación de trabajadores y empleadores.

Durante este martes, La Radio informó que el presidente José Antonio Kast retiró de su discusión una de las iniciativas más emblemáticas de la administración Boric: hablamos del proyecto de negociación colectiva multinivel, también conocida como negociación ramal.

Para ello, usó una facultad presidencial que permite al gobierno retirar cualquier proyecto presentado por el ejecutivo si este aún no ha sido votado en la sala en primer trámite constitucional.

¿Qué es la negociación colectiva multinivel o ramal?

De acuerdo a la Central Unitaria de Trabajadores, la negociación ramal, multinivel o sectorial, “es una práctica común en la mayoría de los países desarrollados para establecer pisos mínimos salariales y de condiciones laborales”.

Este mecanismo cuenta con la participación de las organizaciones más representativas de trabajadores y trabajadoras y empleadores, como la Central Unitaria de Trabajadores/as (CUT) y la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), representando a las y los trabajadores y empleadores de cada sector económico del país.

Cabe señalar que la negociación ramal “no fija salarios de manera directa. En cambio, establece pisos mínimos de sueldos y crea políticas salariales para cada sector, sin reemplazar la negociación colectiva dentro de cada empresa”.

¿En qué consistía el proyecto?

El proyecto buscaba permitir que trabajadores y empleados de un mismo sector económico acordaran “estándares mínimos sobre diversas materias relacionadas con condiciones de trabajo, como salud y seguridad laboral. También posibilitará abordar aspectos como salarios, distribución de la riqueza, productividad, desafíos de la transición del mercado del trabajo, reglas de implementación de los distintos convenios, entre otras”, señalaba el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Para ello, la iniciativa proponía modificar el Código del Trabajo para introducir un modelo de negociación colectiva multinivel coordinado, con un diseño institucional que estructurara el sistema en tres niveles con distintos objetivos y funciones complementarias:

-El primer nivel, el sectorial, se plantea como una instancia para establecer regulaciones generales y estándares mínimos aplicables a un sector o subsector económico, con efecto erga omnes (del latín, “respecto de todos”).

-El nivel intermedio, o de acuerdos marco, regula condiciones en contextos específicos, como cadenas de valor, grandes proyectos o faenas, permitiendo coordinar obligaciones recíprocas entre empresas principales y contratistas en materias tales como salud y seguridad, condiciones laborales comunes o compromisos recíprocos entre empresas vinculadas.

-En el nivel de empresa se mantiene la importancia de este espacio para establecer y fijar condiciones laborales específicas para la realidad de cada empresa.

“Para operativizar el modelo, se propone la creación de Consejos Sectoriales Laborales y Comisiones Subsectoriales, concebidos como espacios paritarios de diálogo. Estos espacios estarán integrados por representantes de las confederaciones sindicales y gremiales empresariales más representativas, según un criterio proporcional basado en datos objetivos de afiliación y contratación”, agregaban.

Por otro lado, para fomentar la participación de los gremios empresariales, el proyecto contemplaba mecanismos que vinculaban el acceso a beneficios estatales.

Adicionalmente, y como un motor fundamental para la productividad, el proyecto introducía una “modificación de relevancia en la Ley 20.241 sobre Incentivo Tributario a la Inversión en Investigación y Desarrollo. Esta medida permite que las empresas que formen parte de un sector o subsector con un acuerdo colectivo vigente puedan acceder a un crédito tributario cuyo tope máximo es incrementado, elevándolo de 15.000 a 45.000 UTM”.