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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó un proyecto de ley para penalizar carreras de vehículos no autorizadas y conductas peligrosas al volante, que ahora pasa al Senado. La propuesta busca modificar la Ley de Tránsito para sancionar destrezas, derrapes y maniobras peligrosas sin autorización. Establece penas de hasta 5 años de presidio y multas de hasta 12 UTM ($837.000) por lesiones graves, discapacidad o la muerte de personas involucradas en estas prácticas. Se contempla el comiso del vehículo y la inhabilidad perpetua para conducir.

Esta semana, la Cámara de Diputadas y Diputados despachó al Senado un proyecto de ley que aumenta las sanciones contra las carreras clandestinas y otras conductas peligrosas al volante.

La iniciativa busca modificar la Ley de Tránsito y otras normas para “asegurar una sanción efectiva a carreras no autorizadas” y “mejorar la protección vial de la ciudadanía”, explica el portal de la Cámara.

Según explican, el proyecto también incluye sanciones por realizar destrezas, derrapes o maniobras que pongan en peligro la vida o integridad física de terceras personas, si no cuentan con la debida autorización o permiso de la autoridad competente.

¿Cuáles son las penas y multas por carreras clandestinas?

En primer lugar, la moción establece una definición para las carreras no autorizadas, indicando que estas consisten en una conducción que excede la velocidad permitida “mediante desplazamientos simultáneos o sucesivos en relación con otros vehículos”.

Además, propone aumentar las sanciones, fijando una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio para quienes conduzcan en una de estas carreras clandestinas, que equivale a un periodo que va de 61 días hasta 3 años de privación de libertad.

Junto con ello, apunta por aplicar multa de 2 a 10 UTM ($139.500 a 697.500 aproximadamente). Esta se aplicará tanto si no se ocasionan daños, como por causar daños materiales o lesiones leves.

Ahora bien, si se causan lesiones menos graves o graves, el proyecto apunta por aumentar las penas a presidio menor en su grado medio a máximo (de 541 días a 5 años), añadiendo una multa de 4 a 12 UTM, que equivale a alrededor de $279.000 a $837.000.

La moción también fija penas de presidio menor en su grado máximo (3 a 5 años) si se causa discapacidad o deformidad. En tanto, si estas acciones llevan a la muerte de una persona, la pena aumenta a presidio mayor en su grado mínimo (5 a 10 años).

En ambos casos se incluye el comiso del vehículo y una multa entre 20 y 50 UTM ($1.395.000 a $3.488.000), más la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.

Respecto a quienes organicen carreras clandestinas, la iniciativa propone una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 541 días), más una multa de 8 a 50 UTM ($558.000 a $3.488.000).

Finalmente, el proyecto también contempla como agravante que estas acciones se realicen en las inmediaciones de establecimientos educacionales, centros de salud o lugares de alta afluencia de personas, ubicados en zonas urbanas o donde la velocidad máxima sea igual o inferior a 50 kilómetros por hora.