Concluir que todo el texto proviene sólo de un sector político considerando únicamente aquellos pocos puntos controversiales que expresamente se dejaron a la decisión de la voluntad nacional es actuar de mala fe y no tiene respaldo en la realidad.

El proceso constitucional está pronto a terminar. Atrás han quedado las distintas etapas: la redacción del Anteproyecto por la Comisión Experta, la aprobación de las enmiendas por parte del Consejo Constitucional y, ahora la etapa de formulación de observaciones por parte de los expertos.

Todo este procedimiento de ir y venir de enmiendas y observaciones, que obliga a la participación y acuerdos entre los distintos sectores políticos, no ha sido impedimento para que desde sectores del oficialismo hablen del texto propuesto como partisano, de “ultraderecha”, entre otros adjetivos, como forma de desmarcarse del proceso constitucional incluso antes de tener un texto final.

Sin perjuicio de lo anterior, gran parte del texto de la propuesta constitucional no ha sido formalmente objetado por nadie en el marco del propio proceso. De hecho, según un informe del Instituto Res Publica sobre las votaciones de la Comisión Experta y el Consejo Constitucional, el 71% del contenido de la propuesta que aprobaron los consejeros contiene una conservación literal o una modificación menor -que no afecta el contenido original o posee una implicancia jurídica menor- respecto de aquella propuesta por los expertos. En otras palabras, cerca de 7 de cada 10 frases aprobadas por el Consejo Constitucional provienen esencialmente de la Comisión de Expertos.

Respecto de las supresiones, es decir, aquellas frases que fueron eliminadas por los consejeros, esta cifra alcanza el 5%, mientras que aquellas frases que fueron incorporadas o agregadas por el Consejo Constitucional alcanzó el 24%, es decir, casi 1 de cada 4 frases de la propuesta fue formulada por los consejeros.

Dicho de otra manera, cerca de 3/4 de la propuesta que aprobó el Consejo Constitucional consiste en frases que fueron propuestas anteriormente por la Comisión de Expertos y sólo 1/4 de la propuesta es original del Consejo.

Ahora bien, el que buena parte del texto sea proveniente de la Comisión Experta no significa que el texto sea transversal. Sin embargo, al analizar la unidad política de las votaciones en el Consejo nos damos cuenta que el 53,7% de las votaciones fueron de alto consenso, es decir, con al menos el 90% de los consejeros votando igual.

Es más, aun cuando se pretenda forzar el sentido de la transversalidad y equipararla a una unanimidad, la verdad es que en el 44,2% de las votaciones en el Consejo, todos los consejeros votaron de la misma manera, esto es, en forma unánime. Este dato contrasta con la fracasada experiencia de la Convención Constitucional, donde sólo el 0,4% de las votaciones fueron unánimes. Todos quienes abogan por la transversalidad, entonces, debieran sacar cuentas alegres con el actual proceso.

Este dato es importante, pues considerando que el Partido Republicano tiene el 44% de los consejeros, que la UDI, RN y Evópoli suman el 22% y que el oficialismo representa el 34% del Consejo, ello implica que existió unanimidad en poco más de 2 de cada 5 normas y transversalidad en la mayoría de ellas.

A esto hay que sumar el hecho de que la Comisión Experta está compuesta por 50% del oficialismo y 50% de la oposición. Así, para que una norma que emana de la Comisión haya sido mantenida por el Consejo implica que fue aprobada, al menos, por parte del oficialismo en la Comisión.

De esta manera, dado a que las normas del Anteproyecto de los expertos contienen necesariamente normas aprobadas por el oficialismo, se explica que en el Consejo hayan existido normas aprobadas por unanimidad o por alto consenso a las que se sumó el oficialismo a pesar de no importar si las aprobaban o no dado el quórum necesario.

A partir de esta información difícilmente se puede sostener que el texto en cuestión es partisano o de sólo un partido político. La participación de los expertos, en donde el peso del oficialismo es de suma importancia en atención al quórum de votación de 3/5, fue determinante para el Consejo Constitucional, quien en la mayor parte del texto se limitó a ratificar lo aprobado anteriormente, ratificando en el mismo acto el acuerdo entre oposición y oficialismo sobre los puntos esenciales de la Constitución.

Con todo, sabemos que el 28,4% de las votaciones del Consejo fueron altamente politizadas, es decir, aquellas en las que oficialismo y oposición votaron en bloque y en forma opuesta entre sí. También sabemos que sólo 5 normas fueron aprobadas por el quórum mínimo (30 votos de 50) en las que hubo división de la oposición.

Sin embargo, ya a partir del trabajo de los expertos era previsible esta situación. La Comisión Experta dejó algunos nudos para que fuese el Consejo Constitucional quien los desatara en función de las mayorías políticas que los chilenos determinarán en la votación de los consejeros.

Así, en aquellos temas importantes en que los expertos no alcanzaron acuerdo, como protección de quién está por nacer, propiedad de los fondos de pensiones o libertad de elección del régimen de salud, fueron los chilenos los que debieron resolver estos temas en la elección del pasado 7 de mayo.

El texto es, en su gran mayoría, una constitución transversal que reconoce gran parte de nuestra tradición republicana y que, más allá de ciertos puntos debatibles, intenta hacerse cargo de las preocupaciones ciudadanas manifestadas en las urnas. Si esto fue realizado correctamente o no, será decisión de los propios chilenos el 17 de diciembre.

En este proceso es posible estar a favor o en contra; mas, acusar que el texto es partisano, equiparándolo al rechazado borrador de la Convención, no es más que un pretexto para oponerse políticamente a las prioridades ciudadanas, bajarse del proceso y buscar su fracaso.