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La Fiscalía apelará ante la Corte de Apelaciones de Concepción en busca de la prisión preventiva para Simón Acuña y Tamara Vidal, luego de que el Juzgado de Garantía rechazara esta medida en el marco de la arista Mi Hogar Asuncionista del Caso Convenios.
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La Fiscalía insistirá ante la Corte de Apelaciones de Concepción en la prisión preventiva para Simón Acuña y Tamara Vidal, esto luego que el Juzgado de Garantía rechazar la cautelar y decretara sólo el arresto domiciliario total.
Ambos exfuncionarios públicos están imputados en la arista Mi Hogar Asuncionista por el delito de fraude al Fisco.
Fue finalmente decidido y presentado el recurso contra la resolución que hace una semana dictó la jueza de Garantía, Carolina Llanos, negando la prisión preventiva para los dos exempleados del Gobierno Regional investigados en el Caso Convenios.
En un escrito de 27 páginas, la fiscal María José Aguayo insiste en los argumentos para solicitar la prisión preventiva para Simón Acuña y Tamara Vidal, los mismo que invoca también el Consejo de Defensa del Estado, que como querellante se sumó a la apelación.
Respecto de Vidal, se cuestiona que la magistrada considerara antiguas causas por violencia intrafamiliar para rechazar la prisión preventiva y otorgar el arresto domiciliario total.
A su vez, por Acuña se insiste en la gravedad del fraude al Fisco, delito que su abogado defensor, Javier Pereira, asegura que no se configura.
Pero lo que también alegarán la Fiscalía y el Consejo de Defensa es el peligro para la seguridad de la sociedad que representan los dos formalizados, lo que también es descartado por la defensa del Simón Acuña.
La Defensoría se excusó de referirse a lo que serán sus argumentos en representación de Tamara Vidal, comprometiendo una versión una vez que la Corte de Apelaciones resuelva los recursos, lo que podría ocurrir este jueves, para cuando se agendarían los alegatos.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
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dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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