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El exministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, ha presentado un recurso de protección contra el Pleno del máximo tribunal y la Comisión de Ética, con el fin de evitar la destrucción del Informe de la Comisión de Ética elaborado en relación a una denuncia en su contra y solicitar acceso a dicho informe. Los abogados de Muñoz argumentan que la decisión de negarle el acceso al informe es ilegal y arbitraria, ya que la Corte Suprema estaría actuando fuera de sus competencias. Se pide que se ordene a la Corte Suprema otorgarle acceso al informe y tomar medidas para proteger los derechos fundamentales de Muñoz.

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El exministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, interpuso un recurso de protección en contra del Pleno del máximo tribunal del país, así como la Comisión de Ética.

Se trata de un recurso que busca que se ordene la cautela y prohibición de la destrucción del Informe de la Comisión de Ética por parte de la Corte
Suprema,
elaborado respecto de la denuncia interpuesta respecto de
Muñoz, y acceder al informe de la Comisión de Ética del máximo tribunal del país.

“Estando dentro de plazo y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en relación con lo dispuesto en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales dictado por la Excma. Corte Suprema, venimos en deducir recurso de protección en contra del Pleno de la Excma. Corte Suprema”, señala el escrito.

En ese sentido, los abogados de Muñoz, Ciro Colombara y Aldo Díaz, cuestionan la decisión de “no otorgarle acceso a nuestro representado al Informe evacuado por la Comisión de Ética en la investigación seguida en su contra”.

“El acto recurrido es un acto ilegal puesto que éste se sustenta en un Auto Acordado a través del cual la Excma. Corte Suprema -actuando fuera de sus competencias y en vulneración de los artículos 6 y 7 de la CPR- reguló improcedentemente materias de Ley, estos son, la reserva o secreto de los actos de los órganos del Estado, infringiendo el principio de publicidad de los actos de los órganos del Estado establecido en el artículo 8 de la CPR”, añaden.

En ese sentido, sostienen que “además de ser ilegal, el acto recurrido es arbitrario dado que el acceso a conocer los antecedentes y determinaciones que se adoptan en todo procedimiento respecto de una persona, conforme a las reglas esenciales en un proceso justo, no arbitrario y que cumpla con las garantías del debido proceso, corresponde que sea notificado al afectado”.

“Así, solicitamos a S.S. Iltma., tener por interpuesta la presente acción de protección en contra de la Excma. Corte Suprema, declararla admisible, solicitar informe a la recurrida dentro del plazo de 5 días y, en definitiva, acogerla en todas sus partes, ordenando lo siguiente: (i) Que, se ordene a la Excma. Corte Suprema otorgarle acceso a nuestro representado al Informe Final de la Comisión de Ética relacionado a la denuncia interpuesta en contra del Sr. Sergio Muñoz, y (ii) Que, se tomen todas las medidas que S.S. Iltma. estime pertinente para la protección de los derechos fundamentales de nuestro representado”, sentencia el libelo.

Revisa el recurso de protección de Sergio Muñoz contra la Corte Suprema a continuación: