"La facultad de sancionar es como la electricidad. Si hay un lugar donde no hay agua, por supuesto tiene que haber electricidad y el agua lo más lejos posible. Pero el agua y la electricidad producen un cortocircuito", manifestó el abogado y especialista en Derecho del Consumidor.

La semana pasada, el ministro de Economía, Nicolás Grau, junto al director nacional de Sernac, Andrés Herrera, se reunieron con las Asociaciones de Consumidores para explicar el proyecto de ley que fortalecerá y modernizará el Servicio.

En esa oportunidad, el secretario de Estado comentó que esta iniciativa, la que pronto ingresará al Congreso Nacional para su tramitación legislativa, “le otorgará al Sernac una herramienta muy importante y que actualmente carece, como lo es la facultad de sancionar a aquellas empresas que no respeten los derechos de los consumidores y tampoco tengan la voluntad de hacerse cargo de sus errores”.

Sin embargo, para el abogado de la Universidad de Chile y especialista en Derecho del Consumidor, Jaime Lorenzini, más que enfocarse en lo que el Sernac no puede hacer, habría que apuntar a lo que sí puede hacer.

“Mi impresión es que el debate público se ha centrado exclusivamente en lo que el Sernac no puede hacer, que sería sancionar, pero no se ha prestado la atención y se ha descuidado el análisis en lo que sí puede hacer Sernac. Son muchísimas facultades que sí tienen un efecto muy significativo en el mercado, como es denunciar infracciones de interés general en los juzgados de Policía Local, como es presentar demandas colectivas ante los tribunales civiles cuando estén afectados cientos, miles o millones de consumidores, iniciar procedimientos voluntarios colectivos para conseguir soluciones y compensaciones cuando estén afectados miles de consumidores, y fiscalizar el cumplimiento de la ley, que asegura una supervisión muy robusta en el mercado”, precisó el jurista en conversación con BioBioChile.

Facultades del Sernac

Al preguntarle sobre si el Sernac debería o no sancionar, el profesional señaló que “la facultad de sancionar es como la electricidad. Si hay un lugar donde no hay agua, por supuesto tiene que haber electricidad y el agua lo más lejos posible. Pero el agua y la electricidad producen un cortocircuito”.

“La facultad sancionatoria puede ser en muchos casos correcta. Un buen instrumento, una solución en distintas industrias. Sin embargo, si ese mismo instrumento sancionatorio se le entrega, cuando hay una facultad de demandar en tribunales, una facultad de iniciar procedimiento voluntario colectivo, una facultad de aprobar planes de cumplimiento de las empresas, lo que parecía correcto y apropiado pasa a ser absolutamente complejo en su implementación”, indicó Lorenzini.

En una reciente Consulta Ciudadana, un 91,5% dijo que el Sernac debería tener facultades para sancionar a las empresas; mientras que un 92,1% indicó que las empresas deben responder obligatoriamente los reclamos de los consumidores interpuestos en el organismo.

En esta línea, el abogado indicó que “es conveniente que una encuesta sea efectuada siempre por un tercero ajeno, independiente, neutral, no interesado en el resultado de una encuesta. Para eso están las empresas investigadoras de mercado”.

“La regla universal que se aplica es no hacer una encuesta cuando uno está ad portas de una decisión de política pública, una decisión de tal magnitud. Por eso es que se prohíben las encuestas políticas en momentos previos a una elección. La metodología de una consulta tan abierta, digamos, podría no ser representativo de la opinión de la mayoría de las personas del país, porque no se tomaron algunos cuidados en quiénes son los que efectivamente contestaron una encuesta de opinión”, precisó el jurista.

Sanciones a las empresas

La encuesta mencionada más arriba, arrojó que un 93% de las personas cree que esta entidad debería tener mayores facultades.

A partir de las 4.000 respuestas, los resultados de la consulta ciudadana concluyen que las consumidoras y consumidores no se sienten protegidos por el Sernac.

No obstante, Lorenzini acentúa su punto en las capacidades que tiene el Servicio.

“(…) Lo que pareciera que lo que se está buscando es que a través de la potestad sancionatoria del Sernac se logre una solución directa y eso podría ser un camino, pero otro camino perfectamente es facilitar de manera expedita una solución a través de, por ejemplo, asesoría gratuita a la persona en tribunales o bien, y mejor que eso, pensar en mecanismos expeditos y alternativos de solución de conflictos que ni siquiera sea ni una sanción de la autoridad, ni tampoco un litigio en tribunales, sino que un mecanismo expedito”.

Así también señaló que “hoy día existe una plataforma de reclamos, pero esto hacerlo incluso de una manera más robusta. En otros países existen sistemas de arbitraje, de consumo y de mediación. Pero esa es una herramienta distinta a la sanción y que consigue los mismos o mejores resultados”.

Cómo fortalecer al Sernac

En cuanto a cómo se podría fortalecer el Sernac, Lorenzini dijo que “sin lugar a dudas se podrían fortalecer algunas habilidades, mejores conocimientos, una ley de planta. Pero la protección al consumidor no solo es el Estado de Chile, la protección al consumidor son también las Asociaciones de Consumidores”.

“Me parece que en ninguna parte del debate público hoy se está hablando de cómo fortalecer a estos otros cuerpos intermedios que también colaboran sustantivamente en procurar una muy buena protección al consumidor”, añadió el abogado.

El jurista cuestionó el porqué entregar todas las fichas en un órgano y generar más Estado para las relaciones de consumo. “Pareciera que hoy día hay un Estado suficientemente robusto y hace muchísimas funciones, pero lamentablemente con la facultad sancionatoria van a tener que revisarse y eliminarse funciones que hoy día dan una gran satisfacción a los problemas de los consumidores. Eso no está siendo levantado en el debate”.

“Cortocircuito”

A juicio del especialista, si es que se llega a facultar al Sernac de sancionar, se eliminarían otras cosas que son relevantes para la ciudadanía.

“Como indicaba antes, en el ejemplo del cortocircuito entre agua y electricidad, si usted tiene lo uno va a tener que en esa misma situación elegir… o quiere electricidad o quiere agua, pero no puede tener las dos al mismo tiempo en esa misma esquina de la casa. Porque se va a producir un cortocircuito. Va a pasar exactamente lo mismo en materia de protección al consumidor“, explicó Lorenzini.

El jurista cree que “esto no se está diciendo y si es bueno para tener un debate con altura de mira, un debate de largo plazo, es decir, a veces por enamorarme de una solución que es la solución de la sanción, voy a tener que sacrificar en el sistema jurídico una serie de otras herramientas que han sido muy útiles, y no están hoy día bajo discusión”, finalizó el profesional.

Reunión con asociaciones gremiales empresariales

El lunes pasado, con el objetivo de informar los alcances del proyecto de ley de fortalecimiento del Sernac, el ministro de Economía y el director nacional del Servicio, se reunieron con representantes de diferentes asociaciones gremiales empresariales.

En el encuentro estuvieron presentes el gerente general de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Fernando Alvear; la representante legal de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa), Camila Valenzuela; el abogado asesor de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Christian Acuña; el gerente general de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), Carlos Soublette; el presidente de la Cámara Regional del Comercio y la Producción de Valparaíso (CRCP), Javier Torrejón; el director legal de la Asociación Chilena de Telecomunicaciones A.G., Sergio Corvalán y los representantes de la Asociación Gremial de Empresas de Tecnologías de la Información (ACTI), Bárbara Reyes y Cristóbal Aninat.