Este lunes por la noche la Comisión de Hacienda del Senado retomó la discusión del proyecto del Ejecutivo que busca ir en ayuda de las micro, pequeñas y medianas empresas (mypes) del país.

En este contexto, y después de varias horas de espera, el Ministerio de Hacienda planteó su contrapropuesta en materia de apoyo a este tipo de firmas, flexibilizando las condiciones y aumentando la cobertura del bono planteado desde un principio, de un millón de pesos.

Dentro de las principales modificaciones se agrega como beneficiarias a todas las pymes con ventas anuales de hasta 25 MIL UF constituidas hasta el 31 de marzo del 2020, y no a diciembre del 2019 como estaba contemplado en primera instancia.

Para optar a este bono se tiene que cumplir uno solo de los siguientes requisitos: haber tenido al menos un trabajador contratado en 2020, haber declarado ingresos por ventas durante al menos dos meses de 2020 o 2021, o bien, pertenecer a uno de los rubros más golpeados.

Entre estos sectores, se cuentan gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares y jardines infantiles, entre otros.

Según la cartera de Hacienda, con estas modificaciones se pasaría de 300 mil beneficiarios a más de 600 mil.

El acceso a este bono debería ser expedito y automático, en base a los datos administrativos contenidos en el Servicio de Impuestos Internos.

Pago de contribuciones

En estas propuestas también se incluyó una de las principales demandas del mundo pyme, aliviar el pago de contribuciones, patentes y cotizaciones previsionales.

Según la propuesta de Hacienda, a contar de la publicación de la ley, las micro y pequeñas empresas que tengan trabajadores suspendidos mediante la Ley de Protección del Empleo, recibirán el pago de esas contribuciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario.

Por otra parte, las Mypes acogidas a esta ley que hayan declarado y no pagado las cotizaciones de sus trabajadores, podrán solicitar un “anticipo solidario” del SII para cubrir esa deuda, con 12 meses de gracia y por un periodo de cinco años, a tasa cero, con un tope anual del 10% de su renta imponible.