El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó este jueves que aprobó 890.489 solicitudes de devolución de impuestos, a los contribuyentes que declararon renta entre el 1° y el 19 de abril, cifra que alcanza al 88% del total de peticiones recibido en ese período.

sii_dir_web

SII

En tanto que el monto autorizado a pagar asciende a $290.544 millones, equivalentes al 65% de lo pedido por los contribuyentes que declararon en ese plazo.

Del total de solicitudes de devolución de impuestos que superaron el proceso de fiscalización informática a que fueron sometidas, 872.466 (98%) declaraciones corresponden a personas naturales, y el resto a contribuyentes de Primera Categoría.

Para esta primera tanda de devoluciones, el SII procesó 1.013.173 declaraciones de impuestos, declaró el organismo a través de una nota de prensa.

En cuanto a las regiones Séptima y Octava, en las cuales la Operación Renta 2010 ha brindado a los contribuyentes facilidades especiales en consideración a la situación de catástrofe producida, en esta primera ronda de devoluciones se procesaron 198.307 declaraciones, con peticiones de devolución por $77.723 millones.

De aquellas cifras, en ambas regiones se cursaron 165.376 devoluciones, por un monto de $47.753 millones.

Debe destacarse que, respecto del año anterior, para el primer proceso de solicitudes de devolución, la cantidad de contribuyentes del Maule y del Bío Bío es 55% superior, devolviéndose un 27% más. Esto se explica por la ampliación del plazo brindada en ambas regiones, donde se pudo declarar hasta el 2 de mayo para optar a recibir los remantes de impuestos con igual anticipación que quienes lo hicieron, en el resto del país, entre el 1 y el 19 de abril.

La Tesorería General de la República realizará estas devoluciones a contar del martes 11 de mayo para depósitos en cuenta bancaria, en tanto que el viernes 28 de mayo mediante el envío de cheques al domicilio solicitado por el contribuyente.

Asimismo, corresponde a la Tesorería devolver las sumas autorizadas o compensar los montos si los titulares registran o no deuda fiscal pendiente.