La Fiscalía Occidente logró el presidio perpetuo para un sujeto que violó reiteradamente a su hijo con parálisis cerebral entre 2019 y 2020, cuando el niño tenía 9 años.

El Tribunal Oral de Melipilla condenó a presidio perpetuo a un hombre de 56 años, quien violó reiteradamente a su hijo en condición de discapacidad.

Según se estableció en la investigación de la Fiscalía Metropolitana Occidente, los hechos ocurrieron entre diciembre de 2019 y septiembre de 2020 en Melipilla, cuando el sujeto visitaba al niño que en ese entonces tenía 9 años y que presenta parálisis cerebral.

El delito ocurría cuando el progenitor visitaba al infante, ya que no vivía con él, sino con una tía materna que tenía la tuición desde que murió su mamá.

Finalmente, el niño de actuales 12 años contó lo sucedido a su cuidadora y fue así como se denunció la situación a la justicia.

La condena

Si bien la defensa del culpable argumentó que las lesiones acreditadas por el Servicio Médico Legal fueron provocadas por el uso de una bicicleta, o por terceros que limpiaban al niño, la justicia desestimó las alegaciones.

Fue así como se llegó al juicio oral y la víctima declaró mediante entrevista grabada, esto tras autorización del tribunal.

Por ende, al sujeto se le condenó a presidio perpetuo tras incluir la agravante de consanguinidad del acusado con la víctima.

“A pesar de estos inconvenientes, en cuanto a que J. no pudiera contarnos mediante una narrativa fluida, con detalles, aquello que vivenció a manos de su padre, no fue un obstáculo para arribar a la decisión de condena por parte de este tribunal, y lo mismo habría sucedido si no se hubiera presentado en juicio, toda vez que de la unión lógica y sistemática de los medios de prueba antes referidos, es posible adquirir convicción de la existencia del delito de violación impropia, en la persona de J.H.V.O, en grado de desarrollo consumado y en carácter de reiterado”, se señaló en el fallo.

También se decretó su inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, la suspensión de los derechos políticos por el tiempo de vida del imputado y vigilancia de la autoridad por 10 años tras el cumplimiento de la pena principal. Igualmente, se incluirá su huella genética en el registro nacional respectivo.