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Elías Antonio Salazar Inostroza, identificado como el tercer detenido por su presunta relación con el megaincendio en Viña del Mar y Quilpué en febrero, será formalizado por incendio con resultado de muerte. Salazar, exoperador de turno en Senapred Valparaíso, también era teniente de bomberos en la misma compañía que Francisco Mundaca, otro implicado.

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Este lunes, Elías Antonio Salazar Inostroza fue identificado como el tercer detenido por su presunta responsabilidad en el megaincendio que afectó a Viña del Mar y Quilpué, región de Valparaíso, en febrero pasado. El Ministerio Público lo formalizará por el delito de incendio con resultado de muerte, en un caso que ya cuenta con otros dos imputados en prisión preventiva.

Salazar, quien se desempeñaba como operador de turno en el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) de la Región de Valparaíso desde 2018, fue desvinculado tras conocerse los hechos.

Según señaló la directora de Senapred, Alicia Cebrían, el día que inició el incendio, el 2 de febrero, Salazar ingresó a su turno a las 20:00 horas y se retiró al otro día, cumpliendo con su jornada.

Además de su rol en Senapred, Salazar era teniente en la 13° Compañía de Bomberos de Placilla, misma unidad donde trabajaba Francisco Mundaca, el primer detenido por el incendio.

La Fiscalía confirmó que los tres imputados mantenían contacto y no descarta que formaran parte de una agrupación criminal dedicada a provocar incendios en la zona.

“Logramos ubicar a Salazar en el lugar y momento en que ocurrieron los cuatro focos del incendio”, explicó el fiscal Osvaldo Ossandón, a cargo de la investigación. Las pruebas fueron recolectadas por la Brigada de Delitos Medioambientales (Bidema) de la PDI y el Ministerio Público.

Por su parte, Bomberos informó la expulsión de Salazar tras su detención. La investigación sigue en curso para determinar la responsabilidad de todos los involucrados.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)