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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Cristian Zaro fue condenado a cinco años de libertad vigilada intensiva y a pagar 30 mil UTM, siendo el primer sentenciado en Chile bajo la nueva Ley de Delitos Económicos y Medioambientales. El empresario realizó obras ilegales en un humedal y cortó árboles en Mariquina, Los Ríos. Deberá cumplir programas formativos ambientales. La Fiscalía pedía 8 años de cárcel, pero la defensa argumentó tener permisos.

Un empresario fue condenado a cinco años de libertad vigilada intensiva y al pago de una multa de 30 mil UTM, tras convertirse en el primer sentenciado en Chile bajo la nueva Ley de Delitos Económicos y Medioambientales.

Se trata de Cristian Zaro, quien enfrentó un juicio oral por las afectaciones provocadas a un humedal y el corte de árboles en un predio ubicado en la comuna de Mariquina, región de Los Ríos.

La sentencia fue comunicada durante la jornada de este lunes, instancia en la que también se estableció que el empresario deberá cumplir programas formativos en materia ambiental.

Los hechos investigados ocurrieron entre 2023 y 2024 en el predio El Lluca, ubicado en el sector Yeco, donde se ejecutaron obras que incluyeron el corte de árboles y el depósito de material en un humedal cercano al río Lingue.

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, estas faenas se realizaron sin las autorizaciones correspondientes, provocando afectaciones ambientales en el lugar.

Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado una pena de ocho años de cárcel y una multa superior a los 1.700 millones de pesos.

En tanto, la defensa del empresario, encabezada por el abogado Juan Carlos Vidal, cuestionó la magnitud del daño atribuido a las obras y aseguró que su representado contaba con los permisos y un Plan de Manejo de la Conaf.

“Han exagerado esto de una manera para darle la sensación de una catástrofe, por tratarse de la primera causa a nivel nacional”, sostuvo el abogado durante el desarrollo del proceso.

Por su parte, el fiscal Carlos Bahamondes defendió la aplicación de la nueva normativa, señalando que las sanciones están expresamente establecidas en la legislación.

“La pena está señalada en la ley. No es invención de nadie, sino que la hipótesis investigada cabe dentro de lo que la ley dice y la ley le asigna una sanción”, afirmó el persecutor.

De esta manera, el caso marca la primera condena dictada en el país bajo la nueva legislación de delitos medioambientales, con una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, una multa de 30 mil UTM y la obligación de participar en programas formativos ambientales.