Tras analizar casi 50 productos de diversas marcas, entre los que destacan lavalozas, detergentes y limpiadores, así como otros de cuidado personal, el estudio detectó la imposibilidad de comprobar si sus atributos verdes, como ser biodegradables, son veraces y por lo tanto, los consumidores no pueden confiar en ellos.

En nuestro país, uno de los puntos centrales que establece la legislación de Protección al Consumidor es el derecho que tienen los consumidores a recibir una información veraz y oportuna respecto a los bienes ofrecidos en el mercado, como el ecoetiquetado.

El concepto de ecoetiquetado ha alcanzado una importante notoriedad en el mercado chileno, especialmente en lo que respecta a la rotulación de productos y a la veracidad de estos especiales atributos.

Considerando esto, la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (ODECU) realizó una investigación respecto al rotulado de diversos productos que realizan la promesa de tener atributos verdes, como ser biodegradables, no dañar la capa de ozono, ser orgánicos y, en general, ser amigables con el medio ambiente.

El estudio consideró 47 productos de diversas marcas, entre los que destacan lavalozas, detergentes y limpiadores, así como otros de cuidado personal, como cremas y shampoo.

Las promesas verdes están asociadas al producto, otras al proceso productivo y otras a la actividad del proveedor, conforme se detalla a continuación:

Conclusiones del estudio de ecoetiquetado

Uno de los principales hallazgos del estudio es que las promesas verdes, marginalmente se encuentran apoyadas por la presencia de sellos o menciones a organismos certificadores.

Pese a esto, no se entregan antecedentes en el producto que permitan verificar su veracidad.

Además, en las promesas verdes se utilizan expresiones vagas e imprecisas, así como recursos de colores e imágenes para transmitir atributos verdes.

Para Stefan Larenas Riobó, presidente de ODECU, en las promesas verdes encontradas en los productos analizados “no existe información concreta”.

La anterior, “que permita al consumidor discernir si estarán relevando atributos propios del producto o si se trata de atributos diferenciadores con la competencia dentro de una estrategia de marketing”.

Al no existir un respaldo que compruebe la veracidad de la información entregada, se estaría infringiendo la ley de protección al consumidor, indicó.

Recordemos que por ley, la información que se consigne en los productos, etiquetas, envases deberá ser susceptible de comprobación.

Además, no contendrá expresiones que induzcan a error o engaño al consumidor, resaltando que es engañoso atribuir condición de no producir daño al medio ambiente.